CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES SANTA ENGRACIA SpA

CVE 2747477
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la realización por cuenta propia o de terceros, de las siguientes operaciones: a) efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y, en general, participar en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, en comunidades y asociaciones; b) Prestar servicios de gestión y)o asesoría comercial, inmobiliaria, financiera, de inversiones, económica, jurídica y de recursos humanos; c) La inversión y obtención de rentas de capitales mobiliarios en general; d) La administración de activos y carteras en general, por cuenta propia y de terceros; e) La promoción, difusión marketing, distribución y comercialización de contratos o productos financieros en general; f) La representación de empresas y personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; g) Realización de operaciones financieras en los mercados de monedas, bursátiles o de otro cualquier activo transable dentro o fuera de Chile. h) en general, todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines sociales mencionados y)u otros que acuerden los accionistas de la Sociedad. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades, fondos y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2025, ante mí, don Jorge Andrés Ross Moreno, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: INVERSIONES SANTA ENGRACIA SpA. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país y/o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será la realización por cuenta propia o de terceros, de las siguientes operaciones: a) efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y, en general, participar en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, en comunidades y asociaciones; b) Prestar servicios de gestión y/o asesoría comercial, inmobiliaria, financiera, de inversiones, económica, jurídica y de recursos humanos; c) La inversión y obtención de rentas de capitales mobiliarios en general; d) La administración de activos y carteras en general, por cuenta propia y de terceros; e) La promoción, difusión marketing, distribución y comercialización de contratos o productos financieros en general; f) La representación de empresas y personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; g) Realización de operaciones financieras en los mercados de monedas, bursátiles o de otro cualquier activo transable dentro o fuera de Chile. h) en general, todo otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetivos o fines sociales mencionados y/u otros que acuerden los accionistas de la Sociedad. Para el logro de sus objetivos, la Sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades, fondos y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas que se pagarán dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución. Santiago, 18 de diciembre de 2025.