Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $2.428.256.333 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios
Administración
La Sociedad será administrada y representada por uno o más administradores elegidos por la junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifico que: por escritura pública de hoy, ante mí I) KARIM NIKOLA BAHNA ZAHR, C.I. N°8.963.638-8, II) CARLA VALENTINA BAHNA ZAHR, C.I. N°10.234.524-K, III) NAUK AZIM BAHNA SILVA, C.I. N°24.366.518-3, IV) ÁMAR NAIÉ BAHNA SILVA, C.I. N°25.192.561-5, V) SIKIAM TAYEB BAHNA SILVA, C.I. N°26.159.434-K, VI) TAREK WINCKLER BAHNA, C.I. N°23.218.575-9, y, VII) BALTAZAR WINCKLER BAHNA, C.I. N°23.734.775-7, todos domiciliados para estos efectos en Loreto doscientos veinticinco, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, quienes en su calidad de herederos de doña Juliet Vivian Zahr Maluk, cédula de identidad N°5.057.721-K, constituyeron a través de la conversión de su empresario individual o empresario unipersonal, en una Sociedad por Acciones (aportando todo su activo, pasivo y patrimonio), regida por las disposiciones del Párrafo 8º, Título VII, Libro II, del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por los siguientes estatutos. NOMBRE: El nombre será INVERSIONES JUZA SpA. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: El objeto de la sociedad será la obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada y representada por uno o más administradores elegidos por la junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no accionistas. La designación antes indicada, deberá constar en escritura pública. CAPITAL: $2.428.256.333, dividido en 1.000.000 acciones, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, todas las cuales se encuentra íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre 2025.