MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA

RUT 76255399-6 CVE 2747987
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de diciembre de 2012
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de diciembre de 2012
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La realización del giro inmobiliario, comprendido en ello sin que la enumeración sea taxativa, la adquisición, enajenación, permuta, posesión, administración, explotación, arrendamiento, subarrendamiento, uso, goce, construcción, reconstrucción, remodelación, urbanización, loteo, subdivisión y, en general, cualquier forma de aprovechamiento económico de bienes raíces, sean éstos urbanos, rurales, fiscales o particulares, situados en Chile o en el extranjero, pudiendo ejecutar directamente tales actividades o por intermedio de terceros, mandatarios, contratistas o empresas relacionadas, y ya sea por cuenta propia o ajena; b) La inversión y obtención de rentas de capitales, ya sea en moneda de curso legal, en dólar de los Estados Unidos de América o en cualquier otra moneda extranjera, provenientes de la realización de inversiones en Chile o en el extranjero, comprendiendo especialmente la obtención de intereses, dividendos, pensiones, utilidades, beneficios, rentas periódicas o no periódicas y, en general, cualquier rendimiento que provenga del dominio, posesión o mera tenencia de capitales mobiliarios, de conformidad con lo previsto en el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, sin que esta referencia importe limitación alguna; c) La inversión, tenencia, administración y disposición de bienes muebles corporales o incorporales de toda especie, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o efectos de comercio; d) Participar en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, cualquiera que sea su naturaleza o giro, constituidas en Chile o en el extranjero, concurriendo en su formación o adquiriendo derechos, acciones o cuotas en sociedades constituidas, modificarlas, asumir la administración y percibir las rentas que deriven de estas, en especial; e) La celebración y ejecución de todo tipo de actos y contratos civiles o comerciales, tales como depósitos a la vista o a plazo, cauciones en dinero, mutuos, contratos de renta vitalicia, mandatos, comodatos, prestaciones de servicios, contratos de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, administración de bienes propios o de terceros, operaciones financieras de cualquier índole incluidos instrumentos de deuda de oferta pública o privada, así como la adquisición, enajenación y gestión de títulos, valores e instrumentos de crédito; y, f) Ejecutar y celebrar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.”. Los socios convienen modificar el tipo de moneda en que se encuentra expresado el capital social, esto es, de peso chileno a dólar de Estados Unidos de América, para cuyo efecto el capital actual de $1.000.000.-, se ajusta conforme al tipo de cambio dólar observado al 17.12.2025, quedando en USD $1.094,4. En virtud de lo anterior, se modifica la cláusula QUINTA de los estatutos sociales, quedando con el siguiente tenor: “QUINTO:

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA socio 76255399-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2ª Notaría de Santiago, don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes y ciudad de Santiago, certifico: Con fecha 17 de diciembre 2025, bajo el repertorio número 111.748-2025, ante mí, doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ZAMBRA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 7.035.830-1, por sí, en representación de don DOMINGO PUCCI DÍAZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número 17.701.770-1, y, en representación de don CRESCENTE PUCCI DÍAZ, chileno, soltero, ingeniero civil, cédula de identidad número 18.753.246-9; doña MARÍA JOSÉ PUCCI DÍAZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, administradora de servicios, cédula de identidad número 16.212.543-5; don CARLOS PUCCI DÍAZ, chileno, soltero, arquitecto, cédula de identidad número 17.086.812-9; todos con domicilio para estos efectos en Camino de la Oliva número 4.261, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, exponen: INVERSIONES, INMOBILIARIA Y ASESORÍAS EL PANGUE LIMITADA, RUT N°76.255.399-6, constituida por escritura pública de fecha 13.12.2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 90.683, número 63.816 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 y publicado en el D.O. del día 21.12.2012. Los socios de la sociedad son: a) doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ZAMBRA, con un 96% del capital y patrimonio social; b) doña MARÍA JOSÉ PUCCI DÍAZ, con un 1% del capital y patrimonio social; c) don CARLOS PUCCI DÍAZ, con un 1% del capital y patrimonio social; d) don DOMINGO PUCCI DÍAZ, con un 1% del capital y patrimonio social; y, e) don CRESCENTE PUCCI DÍAZ, con un 1% del capital y patrimonio social. La sociedad tiene un capital de $1.000.000.-, el que se encuentra íntegramente enterado con anterioridad a la presente fecha. Los socios acuerdan modificar la cláusula TERCERA de los estatutos sociales, referida al objeto social, en el sentido de reemplazarlo por el siguiente: “TERCERO: OBJETO. El objeto de la Sociedad será: a) La realización del giro inmobiliario, comprendido en ello sin que la enumeración sea taxativa, la adquisición, enajenación, permuta, posesión, administración, explotación, arrendamiento, subarrendamiento, uso, goce, construcción, reconstrucción, remodelación, urbanización, loteo, subdivisión y, en general, cualquier forma de aprovechamiento económico de bienes raíces, sean éstos urbanos, rurales, fiscales o particulares, situados en Chile o en el extranjero, pudiendo ejecutar directamente tales actividades o por intermedio de terceros, mandatarios, contratistas o empresas relacionadas, y ya sea por cuenta propia o ajena; b) La inversión y obtención de rentas de capitales, ya sea en moneda de curso legal, en dólar de los Estados Unidos de América o en cualquier otra moneda extranjera, provenientes de la realización de inversiones en Chile o en el extranjero, comprendiendo especialmente la obtención de intereses, dividendos, pensiones, utilidades, beneficios, rentas periódicas o no periódicas y, en general, cualquier rendimiento que provenga del dominio, posesión o mera tenencia de capitales mobiliarios, de conformidad con lo previsto en el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, sin que esta referencia importe limitación alguna; c) La inversión, tenencia, administración y disposición de bienes muebles corporales o incorporales de toda especie, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o efectos de comercio; d) Participar en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, cualquiera que sea su naturaleza o giro, constituidas en Chile o en el extranjero, concurriendo en su formación o adquiriendo derechos, acciones o cuotas en sociedades constituidas, modificarlas, asumir la administración y percibir las rentas que deriven de estas, en especial; e) La celebración y ejecución de todo tipo de actos y contratos civiles o comerciales, tales como depósitos a la vista o a plazo, cauciones en dinero, mutuos, contratos de renta vitalicia, mandatos, comodatos, prestaciones de servicios, contratos de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, administración de bienes propios o de terceros, operaciones financieras de cualquier índole incluidos instrumentos de deuda de oferta pública o privada, así como la adquisición, enajenación y gestión de títulos, valores e instrumentos de crédito; y, f) Ejecutar y celebrar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.”. Los socios convienen modificar el tipo de moneda en que se encuentra expresado el capital social, esto es, de peso chileno a dólar de Estados Unidos de América, para cuyo efecto el capital actual de $1.000.000.-, se ajusta conforme al tipo de cambio dólar observado al 17.12.2025, quedando en USD $1.094,4. En virtud de lo anterior, se modifica la cláusula QUINTA de los estatutos sociales, quedando con el siguiente tenor: “QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de mil noventa y cuatro coma cuatro dólares de Estados Unidos de América, íntegramente aportado y pagado con anterioridad a la presente fecha, de la siguiente forma: a) doña MARÍA JOSÉ DÍAZ ZAMBRA, con un noventa y seis por ciento del capital y patrimonio social; b) doña MARÍA JOSÉ PUCCI DÍAZ, con un uno por ciento del capital y patrimonio social; c) don CARLOS PUCCI DÍAZ, con un uno por ciento del capital y patrimonio social; d) don DOMINGO PUCCI DÍAZ, con un uno por ciento del capital y patrimonio social; e) don CRESCENTE PUCCI DÍAZ, con un uno por ciento del capital y patrimonio social. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre 2025. R.PINARES.A. N.S.