MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERCRUZ LIMITADA

RUT 79862720-1 CVE 2747805
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2025
Notario
CIÓN INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERCRUZ LIMITADA RAFAEL ORLANDO CORVALAN GUERRA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Administración

Se modifica la cláusula quinta de los estatutos, la representación y uso de la razón social corresponderá, a contar de la fecha de esta escritura a doña Ana María Domínguez Cruzat y)o a don Gonzalo Cristián Fanjul Domínguez, para que actuando cualquiera de ellos, puedan ejercer las facultades que se señalan en la cláusula quinta del pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MODIFICACIÓN INMOBILIARIA E INVERSIONES INVERCRUZ LIMITADA RAFAEL ORLANDO CORVALAN GUERRA, Abogado, Notario Público Suplente de la Primera Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales Nº 5841, comuna de La Reina, certifica: que por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2025, ante mí, Ana María Domínguez Cruzat, Gonzalo Cristián Fanjul Domínguez, por sí y en representación de don José Ignacio Fanjul Domínguez y Asesorías e Inversiones Araucaria Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle Espoz cuatro mil quinientos sesenta y nueve, Departamento once, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron sociedad denominada inicialmente Inmobiliaria Cruz del Sur Limitada, hoy Inmobiliaria e Inversiones Invercruz Limitada, inscrita a 6818, número 3616 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1988, en el siguiente sentido: A) Modificar Estatutos, agregando artículo 9ºbis: Ante el fallecimiento de un socio, la sociedad continuará con los herederos, debiendo designar un mandatario común. Si la sociedad en este evento no pudiere funcionar normalmente, se estará, primeramente a la voluntad del causante si existiere testamento y, luego el socio mayoritario sobreviviente tendrá una opción preferente para adquirir los derechos que tenía el socio fallecido en la sociedad. B) Participación: Por adjudicación en partición de herencia dejada por don Juan Carlos Fanjul Herman, la socia Ana María Domínguez Cruzat adquiere el 92,62%% de los derechos sociales. Los socios Gonzalo Cristián Fanjul Domínguez, Francisco Fanjul Pizarro, José Ignacio Fanjul Domínguez y Asesorías e Inversiones Araucaria Limitada. mantienen el 2,46% de los derechos sociales, cada uno. C) Administración. Se modifica la cláusula quinta de los estatutos, la representación y uso de la razón social corresponderá, a contar de la fecha de esta escritura a doña Ana María Domínguez Cruzat y/o a don Gonzalo Cristián Fanjul Domínguez, para que actuando cualquiera de ellos, puedan ejercer las facultades que se señalan en la cláusula quinta del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rafael Orlando Corvalan Guerra, Notario Público Suplente. Santiago, 9 de diciembre de 2025.