INMOBILIARIA DOCE G SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 52000-2025
- Notario
- ALVARO GERMAN ORELLANA JARA
- Domicilio
- don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $139.820 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GERMAN ORELLANA JARA, abogado, Notario Público, Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Novena Notaria de Santiago, ubicada en calle Hermanos Amunategui número setenta y tres, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que: con fecha 27 de octubre de 2025, Repertorio 52.000-2025, ante el titular, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “INMOBILIARIA DOCE G SpA”, inscrita a fojas 69.667 número 27.880 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, celebrada con igual fecha, en la que se acordó: A) Dividir la Compañía, en dos Sociedades por Acciones, siendo la continuadora legal INMOBILIARIA DOCE G SpA, que conserva su personalidad jurídica y nombre; y una nueva sociedad resultante de la división, que se denomina Inmobiliaria Zebra G SpA ; B) Disminuir el capital social de INMOBILIARIA DOCE G SpA, a la cantidad de $139.820 pesos, dividido en 139.820 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. La disminución propuesta tiene por objeto enterar el capital de Inmobiliaria Zebra SpA, que se constituye producto de la división; C) Se acuerda sustituir la cláusula Quinta de los Estatutos Sociales de INMOBILIARIA DOCE G SpA por el siguiente “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de 139.820 pesos, dividido en 139.820 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal que se entera y paga de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valorización de estos bienes se acordará en forma unánime por los socios constituyentes y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los socios y estos tendrán derecho de opción preferente. Asimismo, los socios reemplazan el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, ascendente a la suma de 139.820 pesos, dividido en 139.820 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, se encuentra totalmente suscrito y pagado por don Rene Guttmann Grunberg y doña Rosester Lagos Rodriguez, en un cincuenta por ciento cada uno, esto es, la suma de 69.910 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, cada uno. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. En todo lo no modificado rigen plenamente los estatutos de la sociedad Inmobiliaria Doce G SpA, y sus respectivas modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, ¬¬22 de diciembre de 2025.