INGENIERÍA Y TECNOLOGÍA PROINVENT CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 16488
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $88.214.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular 48° Notaría de Santiago, Apoquindo 3076, oficina 601, Las Condes, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 18 de diciembre del año 2025, Repertorio N°16.488, ante mí, la sociedad SHANGHAI PROINVENT INFORMATION TECHNOLOGY CO., LTD., quien comparece debidamente representada, en su calidad de única accionista, de la sociedad INGENIERIA Y TECNOLOGIA PROINVENT CHILE SpA, de acuerdo al registro de accionistas que se tuvo a la vista, modificó la sociedad en el siguiente sentido: Se aumenta el capital en $88.214.000.-, es decir, desde la suma de $5.000.000.- a la suma de 93.214.000.- El aumento de capital se hace efectivo mediante la emisión de 88.214 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscriben mediante el aporte que se pagó, y enteró con anterioridad a este acto con fecha veinticuatro de marzo del presente año, en dinero en efectivo y que declara haber ingresado a la caja social por la compareciente. Con motivo del aumento de capital señalado la única accionista modifica el artículo Quinto del estatuto social de la Sociedad relativa al capital por la siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de noventa y tres millones doscientos catorce mil pesos, dividido en noventa y tres mil doscientos catorce acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la Ley. Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes.”. Además, la accionista modifica el Artículo Primero Transitorio del Estatuto Social, que no es materia de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2025.