SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS FINANCIERAS LIBRETTI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2025
- Notario
- SERGIO WALDO ARENAS BENONI
- Domicilio
- Cisterna
- Comuna
- Rancagua de Daniel Mondaca Pedrero
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público titular de La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 7930, certifico: Por escritura pública 28-11-2025, Rep. 29.486; ante mí: PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS, GISELLE FRANCESCA SCARLET REBOLLEDO LIBRETTI, ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETT, todos domiciliados en calle Camino a Termas de Cauquenes número 1.100, Lote 1 D, sector Gultro, Olivar, Región del Libertador Bernardo O´Higgins; modificaron: “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS FINANCIERAS LIBRETTI LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha 23 de octubre de 2015, otorgada en la Notaría de Rancagua de Daniel Mondaca Pedrero, cuyo extracto se inscribió a fojas 1114, número 920, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2015. El capital social es de $10.000.000, aportado y enterado en partes iguales por los socios don Pedro José Rebolledo Vigueras y doña Giselle Francesca Scarlet Rebolledo Libretti, correspondiéndoles el 50% de los derechos sociales a cada uno.- MODIFICACIONES: A): Uno) GISELLE FRANCESCA SCARLET REBOLLEDO LIBRETTI cede, vende y transfiere a don ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETTI, quien acepta y adquiere para sí, el diez por ciento de los derechos en la sociedad, por el precio de un millón de pesos, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente haberlos recibido a su entera satisfacción. En consecuencia, ingresa a la sociedad como nuevo socio don Angelo Nicolás Rebolledo Libretti. Dos) PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS, cede, vende y transfiere a don ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETTI, quien acepta y adquiere para sí, el 10% de los derechos en la sociedad, por el precio de $1.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente haberlos recibido a su entera satisfacción. B) Se modifica la cláusula relativa al capital social, en el sentido de que el capital de diez millones de pesos queda repartido y distribuido de la siguiente forma: PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS es dueño del 40% de los derechos sociales, habiendo aportado la suma de $4.000.000; b) Doña GISELLE FRANCESCA SCARLET REBOLLEDO LIBRETTI es dueña del 40% de los derechos sociales, habiendo aportado la suma de $4.000.000; c) Don ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETTI es dueño del 20% de los derechos sociales, habiendo aportado la suma de $2.000.000. C) Se modifica la cláusula relativa a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá a don PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS, con las mismas amplias facultades establecidas en el pacto social primitivo, todas las cuales se dan por total y expresamente reproducidas en la presente escritura.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 09 de Diciembre de 2025.