MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS FINANCIERAS LIBRETTI LIMITADA

RUT 76503698-4 CVE 2746925
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2025
Notaría
Rancagua de Daniel Mondaca Pedrero

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2025
Notario
SERGIO WALDO ARENAS BENONI
Domicilio
Cisterna
Comuna
Rancagua de Daniel Mondaca Pedrero

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO WALDO ARENAS BENONI, Notario Público titular de La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 7930, certifico: Por escritura pública 28-11-2025, Rep. 29.486; ante mí: PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS, GISELLE FRANCESCA SCARLET REBOLLEDO LIBRETTI, ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETT, todos domiciliados en calle Camino a Termas de Cauquenes número 1.100, Lote 1 D, sector Gultro, Olivar, Región del Libertador Bernardo O´Higgins; modificaron: “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS FINANCIERAS LIBRETTI LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha 23 de octubre de 2015, otorgada en la Notaría de Rancagua de Daniel Mondaca Pedrero, cuyo extracto se inscribió a fojas 1114, número 920, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2015. El capital social es de $10.000.000, aportado y enterado en partes iguales por los socios don Pedro José Rebolledo Vigueras y doña Giselle Francesca Scarlet Rebolledo Libretti, correspondiéndoles el 50% de los derechos sociales a cada uno.- MODIFICACIONES: A): Uno) GISELLE FRANCESCA SCARLET REBOLLEDO LIBRETTI cede, vende y transfiere a don ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETTI, quien acepta y adquiere para sí, el diez por ciento de los derechos en la sociedad, por el precio de un millón de pesos, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente haberlos recibido a su entera satisfacción. En consecuencia, ingresa a la sociedad como nuevo socio don Angelo Nicolás Rebolledo Libretti. Dos) PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS, cede, vende y transfiere a don ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETTI, quien acepta y adquiere para sí, el 10% de los derechos en la sociedad, por el precio de $1.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente haberlos recibido a su entera satisfacción. B) Se modifica la cláusula relativa al capital social, en el sentido de que el capital de diez millones de pesos queda repartido y distribuido de la siguiente forma: PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS es dueño del 40% de los derechos sociales, habiendo aportado la suma de $4.000.000; b) Doña GISELLE FRANCESCA SCARLET REBOLLEDO LIBRETTI es dueña del 40% de los derechos sociales, habiendo aportado la suma de $4.000.000; c) Don ANGELO NICOLÁS REBOLLEDO LIBRETTI es dueño del 20% de los derechos sociales, habiendo aportado la suma de $2.000.000. C) Se modifica la cláusula relativa a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá a don PEDRO JOSÉ REBOLLEDO VIGUERAS, con las mismas amplias facultades establecidas en el pacto social primitivo, todas las cuales se dan por total y expresamente reproducidas en la presente escritura.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 09 de Diciembre de 2025.