MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PROCAPITAL CORREDORES DE SEGURO LIMITADA

RUT 76265556-K CVE 2747133
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2025
Repertorio
20554-2025
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, CERTIFICO: Por escritura de 25 de noviembre de 2025, Repertorio 20554-2025, ante mí suplente doña MARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, comparecen don MARIO RAUL GARRIGA VIERA, C.I. N°8.471.138-1, domiciliado en Beuron 11870, comuna de Las Condes; doña MARCELA DEL PILAR SANTANDER CARVAJAL, C.I. N°10.776.331-7, domiciliada en Av. José Rabat 9380, Casa 233, comuna de Colina; y, doña IRMA ANGÉLICA VÁSQUEZ DAZA, C.I. N°7.072.600-9, domiciliada en Beuron 11870, comuna de Las Condes. Por escritura pública de fecha 07 de febrero de 2013, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Luis Poza Maldonado, Repertorio 537-2013, se constituyó la sociedad “PROCAPITAL CORREDORES DE SEGURO LIMITADA” RUT N°76.265.556-K, cuyo extracto fue inscrito a fojas 13835 número 9242 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2013 y publicado en el el consentimiento de todos los socios de la sociedad, doña MARCELA DEL PILAR SANTANDER CARVAJAL vende, cede y transfiere el 40% de los haberes y derechos sociales de la sociedad a doña IRMA ANGÉLICA VÁSQUEZ DAZA, quien compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos. El precio de esta cesión es la suma de $4.000.000.-, monto que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlo a su entera conformidad. Con motivo de la cesión de derechos precedente, quedan como actuales y únicos socios de la sociedad don MARIO RAUL GARRIGA VIERA, con el 20% de los derechos sociales, y, doña IRMA ANGÉLICA VÁSQUEZ DAZA con el 80% de los derechos sociales. En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social. Santiago, 18 de diciembre de 2025.