MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ORGANISMO TÉCNICO EJECUTOR DE CAPACITACIÓN CREATIVA LIMITADA

RUT 76775122-2 CVE 2746570
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2025
Repertorio
1315-2025
Notario
ante mí Carlos Andrés Galleguillos Carvajal
Oficio
Quinta Notaría de la Ciudad de Ovalle

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CESIÓN DE DERECHOS SOCIALESSOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADAOTEC CREATIVA LTDA.En la Ciudad de Ovalle, República de Chile, ante mí Carlos Andrés Galleguillos Carvajal, Abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de la Ciudad de Ovalle, con domicilio para tales efectos en Calle Victoria #157, CERTIFICO: Por Escritura Pública, Repertorio 1315-2025, de fecha 20 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, don Mario Omar Elorza Flores y don Mario Francisco Elorza Moore, ambos socios de la sociedad “ORGANISMO TÉCNICO EJECUTOR DE CAPACITACIÓN CREATIVA LIMITADA”, RUT 76.775.122-2, constituida por escritura pública de fecha 8 de agosto de 2017, otorgada ante el Notario de Santiago don Clovis Toro Campos, inscrita a fojas 62.450, número 33.770, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2017, y publicada en el siguientes términos: Don Mario Omar Elorza Flores cede el sesenta por ciento (60%) de los derechos sociales a doña Adriana Méndez Vergara; y don Mario Francisco Elorza Moore cede el cuarenta por ciento (40%) de los derechos sociales a doña Maya Patricia Arenas Salvo, quienes pasan a ser socios de la sociedad en dichas proporciones. Como consecuencia de lo anterior, dejan de ser socios de la sociedad los cedentes individualizados, y pasan a ser socios doña Adriana Méndez Vergara, con el 60%, y doña Maya Patricia Arenas Salvo, con el 40% de los derechos sociales. Capital: $1.000.000. Se deja expresa constancia que la administración y el uso de la razón social se mantienen indistinta y separadamente en cualquiera de los socios, conforme a la escritura social original. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen plenamente vigentes todas las cláusulas de la escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores.