MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Nueve Chelines Limitada

RUT 79687920-3 CVE 2746707
Capital
$6.068.028 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.068.028 CLP
Duración
La Sociedad comenzó con fecha 3 de diciembre de 1986 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2048. Vencido este plazo, la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, a menos que uno cualquier de los socios manifieste lo contrario con 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo recién señalado o de cualquier de sus prórrogas. (d)

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines de inversión. La sociedad podrá, asimismo, llevar a cabo las demás actividades que unánimemente acuerden sus

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá a don Luis Felipe Sahli Cruz y doña Graciela Lecaros Menéndez, en adelante, los “Administradores”, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, en especial con aquellas indicadas en el artículo sexto de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, abogado, Notario Suplente, del Titular de la 43ª Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha de fecha 30 de octubre de 2025, ante el titular, don Luis Felipe Sahli Cruz, doña Graciela Lecaros Menéndez, Ganadera Esquilón SpA, Agrícola La Campana Limitada, Inversiones Patagonia Limitada, Inversiones Romana Limitada, Inversiones Don Bosco Limitada, Inversiones Alejandrina Limitada, Inversiones Abare Limitada, Inversiones Río Ciervos Limitada, Inversiones Chotex Limitada, Inversiones SF Limitada e Inversiones Bandurrias Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle Las Compuertas, número 2.081, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Inversiones Nueve Chelines Limitada”(la “Sociedad”), inscrita a fojas 23.573 N°12.706 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1986, en los siguientes términos y condiciones: (i) Aporte de derechos sociales en Ganadera Esquilón SpA. Por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2025, otorgada en esta misma Notaría, don Luis Felipe Sahli Cruz aportó la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad a Ganadera Esquilón SpA (extracto inscrito a fojas 118.054 N°44.115 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025). (ii) Aporte de derechos sociales en Agrícola La Campana Limitada. Por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2025, otorgada en esta misma Notaría, doña Graciela Lecaros Menéndez aportó la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad a Agrícola La Campana Limitada (extracto inscrito a fojas 119.055 N°44.473 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025). (iii) Retiro e ingreso de socios. Como resultado de los aportes de derechos sociales antes referidos, se retiraron como socios don Luis Felipe Sahli Cruz y doña Graciela Lecaros Menéndez, e ingresaron como socias Ganadera Esquilón SpA y Agrícola La Campana Limitada. (iv) Nueva distribución del capital social. En virtud de lo anterior, el capital de la Sociedad -ascendente a la suma de $6.068.028.758- íntegramente aportado con anterioridad a esta fecha, se distribuye entre sus socios de la siguiente forma: i) Ganadera Esquilón SpA aportó el equivalente al 0,225912% del capital y derechos sociales en la Sociedad; ii) Agrícola La Campana Limitada aportó el equivalente al 8,724103% del capital y derechos sociales en la Sociedad; iii) Inversiones Patagonia Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; iv) Inversiones Romana Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; v) Inversiones Don Bosco Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; vi) Inversiones Alejandrina Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; vii) Inversiones Abare Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; viii) Inversiones Río Ciervos Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; ix) Inversiones Chotex Limitada aportó el equivalente al 10,116665%del capital y derechos sociales en la Sociedad; x) Inversiones SF Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; y xi) Inversiones Bandurrias Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad. (v) Modificación de estatutos sociales y otorgamiento de estatutos refundidos de la Sociedad. Los comparecientes acordaron dictar un texto refundido de los estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: (a) Razón social: “Inversiones Nueve Chelines Limitada”. (b) Objeto: La sociedad tiene por objeto la inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines de inversión. La sociedad podrá, asimismo, llevar a cabo las demás actividades que unánimemente acuerden sus socios. (c) Duración: La Sociedad comenzó con fecha 3 de diciembre de 1986 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2048. Vencido este plazo, la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, a menos que uno cualquier de los socios manifieste lo contrario con 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo recién señalado o de cualquier de sus prórrogas. (d) Capital: $6.068.028.758, que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: i) Ganadera Esquilón SpA aportó el equivalente al 0,225912% del capital y derechos sociales en la Sociedad; ii) Agrícola La Campana Limitada aportó el equivalente al 8,724103% del capital y derechos sociales en la Sociedad; iii) Inversiones Patagonia Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; iv) Inversiones Romana Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; v) Inversiones Don Bosco Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; vi) Inversiones Alejandrina Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; vii) Inversiones Abare Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; viii) Inversiones Río Ciervos Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; ix) Inversiones Chotex Limitada aportó el equivalente al 10,116665%del capital y derechos sociales en la Sociedad; x) Inversiones SF Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad; y xi) Inversiones Bandurrias Limitada aportó el equivalente al 10,116665% del capital y derechos sociales en la Sociedad. Se deja expresa constancia que los porcentajes de participación de cada socio en el capital social señalados precedentemente son aproximados y se indican a título meramente ilustrativo. (e) Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a don Luis Felipe Sahli Cruz y doña Graciela Lecaros Menéndez, en adelante, los “Administradores”, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, en especial con aquellas indicadas en el artículo sexto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2025.