MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES LOS MELLIZOS SpA

RUT 76507514-9 CVE 2745768
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Duración
Tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública que deberá ser anotada al margen de la inscripción de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del término del respectivo período

Objeto social

Será exclusivamente la realización de las actividades propias del transporte privado terrestre de pasajeros y transporte de carga ajena, y relacionados con éstos, en vehículos motorizados, tanto propios como ajenos, en todo el territorio nacional

Administración

corresponderá a don SEBASTIAN FUENTES RISOPATRÓN y a doña MACARENA NOGUERA ROBERTS, para que, actuando indistinta e individualmente cualesquiera uno de ellos, puedan actuar en nombre y representación de la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre del año 2025, repertorio número 36.028, ante mí, SEBASTIÁN FUENTES RISOPATRÓN, MACARENA NOGUERA ROBERTS y CATALINA FUENTES NOGUERA, todos domiciliados para estos efectos en Carretera San Martín Nº 16.500 sitio Nº 31, Loteo Los Libertadores, comuna de Colina, Región Metropolitana, únicos accionistas de la sociedad TRANSPORTES LOS MELLIZOS SpA (la “Sociedad”), según consta en el Registro de Accionistas tenido a la vista, celebraron acuerdo de accionistas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio, en virtud del cual acordaron transformar a la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: TRANSPORTES LOS MELLIZOS LIMITADA, pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad, el nombre de fantasía TRANSPORTES LOS MELLIZOS LTDA. Administración: corresponderá a don SEBASTIAN FUENTES RISOPATRÓN y a doña MACARENA NOGUERA ROBERTS, para que, actuando indistinta e individualmente cualesquiera uno de ellos, puedan actuar en nombre y representación de la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: $5.000.000 de pesos, que los socios aportaron de la siguiente manera: a) don SEBASTIÁN FUENTES RISOPATRÓN entera el 9% del capital social, en dinero efectivo y al contado, correspondiente a la suma de $450.000 pesos, monto que fue pagado con anterioridad a este acto; b) doña MACARENA NOGUERA ROBERTS entera el 9% del capital social, en dinero efectivo y al contado, correspondiente a la suma de $450.000 pesos, monto que fue pagado con anterioridad a este acto; y c) CATALINA FUENTES NOGUERA entera el 82% del capital social, en dinero efectivo y al contado, correspondiente a la suma de $4.100.000 de pesos, monto que fue pagado con anterioridad a este acto. Objeto: Será exclusivamente la realización de las actividades propias del transporte privado terrestre de pasajeros y transporte de carga ajena, y relacionados con éstos, en vehículos motorizados, tanto propios como ajenos, en todo el territorio nacional. Duración: Tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública que deberá ser anotada al margen de la inscripción de constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del término del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre del 2025.