MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES BRASILIA SpA

RUT 77388986-4 CVE 2745883
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2025
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2025
Repertorio
2601-2025
Notario
RODRIGO ENRIQUE ORTÚZAR RODRÍGUEZ
Oficio
Primera Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ENRIQUE ORTÚZAR RODRÍGUEZ, Notario Público Titular de la Primera Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera 4541, San Miguel, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública, de fecha 16 de diciembre de 2025, Repertorio N° 2601 - 2025, ante mí, MARÍA CAROLINA SAN ROMÁN FRÍAS, chilena, cédula nacional de identidad N° 13.433.523-8, domiciliada en Nuestra Señora del Rosario N° 1057, departamento 304,Vitacura, Región Metropolitana, única accionista de “TRANSPORTES BRASILIA SpA”, constituida por escritura pública de fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, ante doña María Patricia Donoso Gomién, Notario Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago; extracto de constitución fue inscrito a fojas cuarenta y tres mil novecientos veintinueve, número veinte mil doscientos ochenta y ocho, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiuno y publicado en el Diario Oficial con fecha tres de junio del año dos mil veintiuno, acordó modificar el artículo tercero de los estatutos sociales en el sentido siguiente: “ARTICULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: A) El transporte terrestre de carga y de pasajeros, por cuenta propia o ajena, en vehículos que la sociedad disponga a cualquier título, sean propios o de terceros, así como también la representación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sean en el transporte privado terrestre de carga o personal para empresas públicas o privadas, forestales, agrícolas, de comercio, industriales, y en general, de todo aquel que los accionistas acuerden sin limitación alguna. B) La prestación de servicios de carga y encomiendas. C) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración y explotación por cuenta propia o ajena y a cualquier título, de vehículos de transporte de carga y pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios. D) La prestación, explotación, administración del servicio de contratación de personal por cuenta propia o de terceros. E) La representación de marcas nacionales y/o extranjeras. F) La formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones cualquiera sea su naturaleza o giro y todos los actos que tengan relación directa o indirecta con algunos de los objetivos antes señalados. G) La importación, exportación, compra y/o venta y comercialización por cuenta propia o de terceros de todo tipo de insumos médicos, equipos, fórmulas líquidas y/o sólidas, instrumentos, dispositivos, repuestos, de sus partes y accesorios, insumos y bienes de consumo en general relacionados con su actividad en el área de la salud; H) Por último, cualquier otra actividad lícita relacionada con los rubros indicados o cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, esté o no relacionado con lo anterior”. En lo no modificado, se mantienen vigentes el resto de cláusulas de estatutos sociales, manteniendo capital social en la suma de $1.000.000.-. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel a 17 de Diciembre de 2025. Doy Fe. Rodrigo Enrique Ortúzar Rodriguez. N.P.