TOESCA INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 10707-2025
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $768.198.140 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en El Golf N°99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2025, Repertorio N°10.707-2025, ante mí, Inversiones San Patricio II Limitada, Inversiones Las Niñas SpA, Inversiones Vial Hermanos y Compañía Limitada, Sociedad de Inversiones Fusa Limitada, Inversiones Andrómeda SpA, Inversiones Santa Pola, Al Cuadrado SpA e Inversiones Ospe Limitada, todos domiciliados en Avenida Apoquindo 3885, piso 22, Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de TOESCA INVERSIONES LIMITADA (la “Sociedad”, RUT en trámite, inscrita a fs. 98.290, N°36.642 del Reg. Comercio 2025), acordaron: i) Aumentar el capital social en $768.198.140, esto es, desde $1.000.000 a $769.198.140. El aumento fue suscrito y pagado íntegramente por los socios mediante el aporte de los socios de acciones serie B emitidas por la sociedad Toesca Holding SpA de que cada socio es titular, según consta en escritura extractada. La valoración de las acciones aportadas fue realizada de común acuerdo por los socios. ii) Como consecuencia del aumento de capital, se reemplazó íntegramente la cláusula cuarta de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “CLÁUSULA CUARTA.- El capital de la sociedad es la cantidad setecientos sesenta y nueve millones ciento noventa y ocho mil ciento cuarenta pesos, moneda nacional, que los socios aportan de la siguiente forma: /a/ Inversiones San Patricio II Limitada aporta la cantidad de doscientos siete millones dieciocho mil doscientos once pesos, equivalentes a veintiséis coma nueve uno tres cinco por ciento; /b/ Inversiones Las Niñas SpA aporta la cantidad de doscientos siete millones dieciocho mil doscientos once pesos, equivalentes a veintiséis coma nueve uno tres cinco por ciento; c) Inversiones Vial Hermanos y Compañía Limitada aporta la cantidad de doscientos siete millones dieciocho mil doscientos once pesos, equivalentes a veintiséis coma nueve uno tres cinco por ciento; d) Sociedad de Inversiones Fusa Limitada aporta la cantidad de setenta y siete millones seiscientos treinta y un mil ochocientos siete pesos, equivalentes a diez coma cero nueve dos seis por ciento; /e/ Inversiones Andrómeda SpA aporta la cantidad de veinte millones novecientos sesenta mil seiscientos seis pesos, equivalentes a dos coma siete dos cinco por ciento; /f/ Inversiones Santa Pola aporta la cantidad de veinte millones novecientos sesenta mil seiscientos seis pesos, equivalentes a dos coma siete dos cinco por ciento; /g/ Al Cuadrado SpA aporta la cantidad de siete millones seiscientos veintinueve mil ochocientos ochenta y dos pesos, equivalentes a cero coma nueve nueve uno nueve por ciento; y /h/ Inversiones Ospe Limitada aporta la cantidad de veinte millones novecientos sesenta mil seiscientos seis pesos, equivalentes a dos coma siete dos cinco por ciento. Los aportes se pagarán en dinero efectivo y/o mediante el aporte en especie. Los aportes en especie serán valorizados por los socios, de común acuerdo.” iii) Asimismo, se reemplazó íntegramente la cláusula primera transitoria de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “CLÁUSULA PRIMERA TRANSITORIA.- Capital.- El capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2025.- Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público.