MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Manufacturas Keylon S.A.

RUT 82027800-3 CVE 2746004
Capital
$360.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de octubre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$360.000.000 CLP
Duración
50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarla en tiempo y forma señalada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la Sociedad será la producción, explotación y comercialización de productos textiles nacionales o importados, así como la importación y exportación de los mismos productos y otros que acuerden los

Administración

la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don Carlos Omar Salman Manzur y doña Jacqueline Irene Salman Manzur, con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 01 de octubre de 2025 ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad MANUFACTURAS KEYLON S.A. (la “Sociedad”) inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel a fojas 159, número 89 correspondiente al año 1993, celebrada el 01 de octubre de 2025 también ante mí (la “Junta”), en virtud de la cual se acordó y aprobó, por la unanimidad de los accionistas, titulares del 100% de las acciones con derecho a voto, transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta: Socios: Carlos Omar Salman Manzur, Inés Ángela Salman Manzur, Elisabeth Aurora Salman Manzur, Jacqueline Irene Salman Manzur, Inversiones ASIM Limitada y Sociedad Inversiones e Inmobiliaria La Aurora Limitada, todos domiciliados para estos efectos en efectos en Ingeniero Budge 1.007, comuna de San Miguel, Región Metropolitana. Razón social: “Manufacturas Keylon Limitada”. Objeto: El objeto de la Sociedad será la producción, explotación y comercialización de productos textiles nacionales o importados, así como la importación y exportación de los mismos productos y otros que acuerden los socios. Duración: 50 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que algún socio manifieste voluntad de no prorrogarla en tiempo y forma señalada en escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 360.000.000 pesos, el cual se encuentra íntegramente pagado y enterado en las siguientes proporciones: i) Carlos Omar Salman Manzur, con la suma de 55.800.000 pesos, equivalentes a aproximadamente al 15,5% del capital e interés social; ii) Inés Ángela Salman Manzur, con la suma de 19.800.000 pesos, equivalentes a aproximadamente al 5,5% del capital e interés social; iii) Elisabeth Aurora Salman Manzur, con la suma de 19.800.000 pesos, equivalentes a aproximadamente al 5,5% del capital e interés social; iv) Jacqueline Irene Salman Manzur, con la suma de 19.800.000 pesos, equivalentes a aproximadamente al 5,5% del capital e interés social; v) Inversiones ASIM Limitada, con la suma de 72.000.000 pesos, equivalentes a aproximadamente al 20% del capital e interés social; y, vi) Sociedad Inversiones e Inmobiliaria La Aurora Limitada, con la suma de 172.800.000 pesos, equivalentes a aproximadamente al 48% del capital e interés social. Administración y uso de la razón social: la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don Carlos Omar Salman Manzur y doña Jacqueline Irene Salman Manzur, con las facultades indicadas en escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20de noviembre de 2025.