JM CLIMATIZACIÓN HVAC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2017
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO por escritura pública hoy ante mí JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA: doña VERONICA ANDREA MARTÍNEZ AMAYA, domiciliada en Calle Sisterna Solar N° 845, Altos del Sol, Talagante; don PATRICIO IGNACIO SANTOS AMAYA, domiciliado en Tolpan 1058, Puente Alto, y don MANUEL ALONSO MUÑOZ AMAYA, domiciliado en Tolpan 1075, modificaron sociedad “JM CLIMATIZACIÓN HVAC LIMITADA”, RUT 76.758. 851-8, constituida con fecha 30 junio 2017, ante la Notario Titular de Talagante MARIA EUGENIA LE-BERT ACHERITOGARAY, inscrita fojas 143 N° 75 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año 2017, y publicada en el Diario Oficial con fecha 4 Julio 2017. El capital social es de $10.000.000, integrado a la caja social al contado, en dinero efectivo. MODIFICACIÓN: a) La modificación del artículo sexto de la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL, en virtud de cesión de derechos de fecha 18 de diciembre de 2025, doña VERONICA ANDREA MARTÍNEZ AMAYA, quien vende, cede y transfiere a don MANUEL ALONSO MUÑOZ AMAYA la totalidad de sus derechos correspondiente al 50% del capital social de JM CLIMATIZACIÓN HVAC LIMITADA en el precio de $5.000.000, pagados en el acto. A consecuencia de la cesión, doña VERONICA ANDREA MARTÍNEZ AMAYA se retira de la sociedad, distribuyéndose el haber social en: I) PATRICIO IGNACIO SANTOS AMAYA, un 50% de participación; II) MANUEL ALONSO MUÑOZ AMAYA, un 50 % de participación. -b) La modificación del artículo Quinto de la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL: La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá a don PATRICIO IGNACIO SANTOS AMAYA, y don MANUEL ALONSO MUÑOZ AMAYA, en forma indistinta y separada, con las mismas facultades establecidas en la cláusula quinta de escritura social. Demás estipulaciones en escritura extractada. En todo lo no modificado, quedan vigentes cláusulas escritura constitución social. - Santiago, 18 de diciembre de 2025.-