INVERSIONES MJSA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 18546-2025
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 25 años desde fecha escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con al menos 2 meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en curso
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La adquisición y enajenación de bienes raíces, urbanos o rurales; b) La comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales; c) La administración y percepción de los frutos que de ellos provengan y d) La inversión en bienes muebles de cualquier clase, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y derechos en sociedades, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a María Carolina Arregui Vuskovic, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, salvo por la limitación señalada en escritura extractada. RESPONSABILIDAD: La
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ignacio San Martín Schröder, Notario público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°979, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 11 de diciembre de 2025, otorgada en Santiago de Chile ante don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, Repertorio N°18.546-2025, comparecieron: (I) MARÍA CAROLINA ARREGUI VUSKOVIC, C.I. N° 8.961.239-K, domiciliada en Avenida Américo Vespucio Norte N°2.055, departamento 1004, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y (II) MARÍA JESÚS SOTHERS ARREGUI, C.I. N° 20.430.709-1, domiciliada en Avenida Américo Vespucio Norte N°2.055, departamento 1004, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes acordaron constituir sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social será INVERSIONES MJSA LIMITADA. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La adquisición y enajenación de bienes raíces, urbanos o rurales; b) La comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales; c) La administración y percepción de los frutos que de ellos provengan y d) La inversión en bienes muebles de cualquier clase, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y derechos en sociedades, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos. DURACIÓN: 25 años desde fecha escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con al menos 2 meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en curso. CAPITAL: $1.000.000 que socios han aportado de la siguiente forma y proporción: a) María Carolina Arregui Vuskovic $10.000, equivalentes a 1% de los derechos sociales, que pagará en 1 año a contar de la fecha de la escritura extractada; y b) María Jesús Sothers Arregui $990.000, equivalentes a 99% de los derechos sociales, que pagará en 1 año a contar de la fecha de la escritura extractada. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a María Carolina Arregui Vuskovic, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, salvo por la limitación señalada en escritura extractada. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2025. Juan Ignacio San Martín Schröder. Notario Público Titular.