ASESORIAS PROFESIONALES E INVERSIONES LAS TORCAZAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2025
- Notario
- MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago con oficio en Avenida El Golf 99
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CRISTIAN MANUEL UBEDA ÑANCUPIL | socio | 20002350-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago con oficio en Avenida El Golf 99, oficina 101 B, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada el 21 de noviembre de 2025, ante mí, don CRISTIAN MANUEL UBEDA ÑANCUPIL, abogado, C.N.I. N° 20.002.350-1, domiciliado en avenida Vitacura 2736 oficina 1601 comuna de Las Condes, quien debidamente facultado comparece en representación de SERGIO MIGUEL VIVES PUSCH, chileno, abogado, casado separado de bienes, cédula nacional de identidad número 7.933.344-1, domiciliado en calle Pie de Monte 28, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana y de doña MARIA DEL ROSARIO GANDERATS GUZMÁN, chilena, historiadora, casada separada de bienes, cédula nacional de identidad número 9.981.444-6, domiciliada en El Pedregal 177, Chicureo, comuna de Colina-, Región Metropolitana; viene en rectificar escritura pública otorgada con fecha 16 de septiembre de 2025 ante la Notario de Santiago doña Magdalena Latorre Larraín, sobre división y modificación de la sociedad ASESORIAS PROFESIONALES E INVERSIONES LAS TORCAZAS LIMITADA, inscrita a fojas 33.250, número 24.740 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004, en el sentido de rectificar la cláusula Cuarta en aquella parte que se señala el patrimonio neto de la sociedad, debiendo decir en su lugar, “Patrimonio Neto quinientos noventa y tres millones ochocientos noventa y cinco mil trescientos veintisiete pesos.” y en aquella parte en la que se indica desde cuando produce efectos la división, debiendo decir de manera correcta: “La presente división produce sus efectos a contar del a contar de esta fecha (dieciséis de septiembre de dos mil veinticinco) (…)”. Asimismo, se rectifica la clausula Quinta en relación a la asignación de bienes a la sociedad los Queltehues SpA, debiendo decir en su lugar sobre las cifras de los pasivos y el total neto, “Total pasivos asignados trescientos veintisiete millones novecientos ochenta y cinco mil setenta y siete pesos y “Saldo neto asignado doscientos sesenta y ocho millones setecientos veintiún mil ochocientos setenta y seis pesos”. Que respecto de la cláusula Sexta se rectifica aquella parte que dice relación a la modificación del capital social contenido en la cláusula Séptima de los estatutos sociales, debiendo decir, “SEPTIMA: El capital social es la cantidad de un millón quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos (…)”.Todo lo cual se rectifica con la presente escritura. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2025.- Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.