MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA LOS MAQUIS LIMITADA

RUT 76460860-7 CVE 2745787
Capital
$1.373.942.867 CLP
Fecha instrumento
3 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de noviembre de 2025
Repertorio
59593-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.373.942.867 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Titular de la Trigésima Octava Notaria de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: que don Rodrigo Enrique Facuse Zaror, don Matías Patricio Facuse Zaror, don Javier Ignacio Facuse Zaror, don Diego Enrique Facuse Garrido, doña María Ignacia Facuse Garrido, don Matías Fernando Facuse Hirmas, doña Colomba Nur Facuse Hirmas, doña Emiliana Facuse Hasbún, la sociedad Inversiones HFZ Limitada, y la sociedad Inversiones y Comercio Limitada, debidamente representados, por escritura pública de fecha 3 de noviembre de 2025, otorgada ante mí, y anotada bajo el repertorio 59.593-2025, acordaron modificar la sociedad AGRÍCOLA LOS MAQUIS LIMITADA, inscrita a fojas 1.639, N°751 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2005, en adelante la “Sociedad”, en los siguientes términos: Uno. INVERSIONES Y COMERCIO LIMITADA, titular de aproximadamente un 0,0008% de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos sociales que le correspondían en ésta, a INVERSIONES HFZ LIMITADA, la cual debidamente representada, compró, aceptó y adquirió para si dichos derechos, retirándose INVERSIONES Y COMERCIO LIMITADA de la Sociedad. Dos. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales indicada precedentemente, los únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital social es la suma de $1.373.942.867, que los socios han enterado y pagado con anterioridad a esta fecha en la siguiente forma y proporción: a) don Matías Patricio Facuse Zaror, con la suma de $330.459.250, que equivalen aproximadamente a un 24,0519% de los derechos y haberes sociales; b) don Rodrigo Enrique Facuse Zaror, con la suma de $330.459.249, que equivalen aproximadamente a un 24,0519% de los derechos y haberes sociales; c) don Javier Ignacio Facuse Zaror, con la suma de $330.459.249, que equivalen aproximadamente a un 24,0519% de los derechos y haberes sociales; d) don Diego Enrique Facuse Garrido, con la suma de $41.306.089, que equivalen aproximadamente a un 3,0064% de los derechos y haberes sociales, de las cuales es nudo propietario. Los derechos de usufructo de esta nuda propiedad corresponden a don Rodrigo Enrique Facuse Zaror; e) doña María Ignacia Facuse Garrido, con la suma de $41.306.089, que equivalen aproximadamente a un 3,0064% de los derechos y haberes sociales, de las cuales es nuda propietaria. Los derechos de usufructo de esta nuda propiedad corresponden a don Rodrigo Enrique Facuse Zaror; f) don Matías Fernando Facuse Hirmas, con la suma de $41.306.089, que equivalen aproximadamente a un 3,0064% de los derechos y haberes sociales, de las cuales es nudo propietario. Los derechos de usufructo de esta nuda propiedad corresponden a don Matías Patricio Facuse Zaror; g) doña Colomba Nur Facuse Hirmas, con la suma de $41.306.089, que equivalen aproximadamente a un 3,0064% de los derechos y haberes sociales, de las cuales es nuda propietaria. Los derechos de usufructo de esta nuda propiedad corresponden a don Matías Patricio Facuse Zaror; h) doña Emiliana Facuse Hasbún, con la suma de $82.612.179, que equivalen aproximadamente a un 6,0128% de los derechos y haberes sociales, de las cuales es nuda propietaria. Los derechos de usufructo de esta nuda propiedad corresponden a don Javier Ignacio Facuse Zaror; i) la sociedad Inversiones HFZ Limitada, con la suma de $134.728.584, que equivalen aproximadamente a un 9,8060% de los derechos y haberes sociales en que se divide el capital de la Sociedad”. En todo lo no modificado rigen plenamente los estatutos sociales de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 09 de diciembre de 2025.