MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SEBASTIÁN GUTIÉRREZ SOTO MONTAJES ELÉCTRICOS LIMITADA

RUT 76201037-2 CVE 2744448
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2025

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2025
Repertorio
1072-2025
Notario
CARLOS ULLOA GONZÁLEZ
Oficio
Octava Notaria de la agrupación de las comunas de Temuco

Objeto social

Artículo Segundo: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios técnicos y)o profesionales en acondicionamiento de edificios, construcción de edificios completos o parte de ellos, obras en el área de ingeniería eléctrica, electrónica, electromecánica, mecánica y construcción, orientado a la mantención preventiva o correctiva, asesorías de construcción y mantención, estudios, desarrollo, administración, ejecución, inspecciones técnicas de proyectos u obras ya sean en ejecución o terminados y de maquinarias referente a las áreas señaladas anteriormente, ya sean de índole domiciliaria o industrial, la fabricación, compra, venta, importación y exportación de artículos y equipos eléctricos, electromecánicos, realización de todo tipo de obras menores y mayores, la ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de construcción, ingeniería, arquitectura, ingeniera y montajes eléctricos en baja y media tensión, el estudio, diseño, proyecto y)o ejecución de tales obras, comprendiendo la edificación de obras nuevas, reparaciones, ampliaciones y)o modificación de las ya existentes, incluyendo las obras encomendadas por o a subcontratistas y servicios de construcción en general; por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ULLOA GONZÁLEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Melipeuco, Cunco y Freire, con oficio en esta ciudad de Cunco, Avenida Llaima, número mil novecientos treinta y cinco, Local dieciséis. Certifico: Por escritura pública, de fecha 16 de Diciembre de 2025, Repertorio Nº 1072-2025, suscrita ante mí, por una parte doña CAMILA FERNANDA GUTIERREZ AHUMADA, chilena, casada, empleada, Rut N° 17.922.236-1; don SEBASTIÁN ENRIQUE GUTIÉRREZ SOTO, chileno, soltero, Ingeniero y Factor de Comercio, Rut N° 9.069.886-9; y doña VILMA VERÓNICA AHUMADA MUÑOZ, chilena, soltera, empleada, Rut N° 8.376.987-4; todos domiciliados para estos efectos en Lote A, Santa Juana Alpehue, comuna de Melipeuco, Región de La Araucanía; todos socios de la empresa “SEBASTIÁN GUTIÉRREZ SOTO MONTAJES ELÉCTRICOS LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 76.201.037-2; inscrita a fojas 15.513, número 10.869 del año 2012, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebraron contrato de cesión de derechos y modificación social.- En dicho instrumento doña CAMILA FERNANDA GUTIERREZ AHUMADA, vendió, cedió y transfirió a don SEBASTIÁN ENRIQUE GUTIÉRREZ SOTO el 100% de sus derechos e interés en la sociedad que a la fecha de venta corresponden al 20% del total de los derechos e interés en la sociedad, quedando por consiguiente como sigue: don SEBASTIÁN ENRIQUE GUTIÉRREZ SOTO, con el 80% de los derechos sociales en la sociedad; y doña VILMA VERÓNICA AHUMADA MUÑOZ, con el 20% de los derechos sociales en la sociedad.- Modificación objeto social: Artículo Segundo: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios técnicos y/o profesionales en acondicionamiento de edificios, construcción de edificios completos o parte de ellos, obras en el área de ingeniería eléctrica, electrónica, electromecánica, mecánica y construcción, orientado a la mantención preventiva o correctiva, asesorías de construcción y mantención, estudios, desarrollo, administración, ejecución, inspecciones técnicas de proyectos u obras ya sean en ejecución o terminados y de maquinarias referente a las áreas señaladas anteriormente, ya sean de índole domiciliaria o industrial, la fabricación, compra, venta, importación y exportación de artículos y equipos eléctricos, electromecánicos, realización de todo tipo de obras menores y mayores, la ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de construcción, ingeniería, arquitectura, ingeniera y montajes eléctricos en baja y media tensión, el estudio, diseño, proyecto y/o ejecución de tales obras, comprendiendo la edificación de obras nuevas, reparaciones, ampliaciones y/o modificación de las ya existentes, incluyendo las obras encomendadas por o a subcontratistas y servicios de construcción en general; por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales Demás estipulaciones en escritura extractada.- Cunco, 16 de Diciembre de 2025.