MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES VERNON LIMITADA

RUT 76243212-9 CVE 2744303
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2025

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2025
Repertorio
6876-2025
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2025, ante la Notario Suplente de este Titular doña Catalina del Pino Contanzo, Repertorio N°6876-2025: don JUAN PABLO ARIAS LAGOS, domiciliado en Av. Ricardo Lyon 100, Local 50, comuna de Providencia, Región Metropolitana, don GUILLERMO EDUARDO ARIAS LAGOS, domiciliado en Borde el Carrizo, número 4751 casa 311, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, don FELIPE EDUARDO ARIAS LIRA, don FERNANDO JAVIER ARIAS LIRA, y don IGNACIO AGUSTIN ARIAS LIRA, todos estos últimos domiciliados en Borde el Carrizo número 4751 casa 311, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES VERNON LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 26 de septiembre del año 2012 otorgada ante el notario de Santiago Don Elias Jarufe Rojas, extracto publicado diario oficial 03 de octubre de 2012 y se inscribió a fojas 70478 N°49024 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012. Por este acto, don JUAN PABLO ARIAS LAGOS vende, cede y transfiere a don FELIPE EDUARDO ARIAS LIRA, quien compra, adquiere y acepta, un 2% de los derechos en la sociedad. Don JUAN PABLO ARIAS LAGOS vende, cede y transfiere a don FERNANDO JAVIER ARIAS LIRA, quien compra, adquiere y acepta, un 2% de los derechos en la sociedad. Don JUAN PABLO ARIAS LAGOS vende, cede y transfiere a don IGNACIO AGUSTIN ARIAS LIRA, quien compra, adquiere y acepta, un 2% de los derechos en la sociedad. Por su parte don GUILLERMO EDUARDO ARIAS LAGOS, vende, cede y transfiere a don FELIPE EDUARDO ARIAS LIRA, quien compra, adquiere y acepta, un 2% de los derechos en la sociedad. Por su parte don GUILLERMO EDUARDO ARIAS LAGOS, vende, cede y transfiere a don FERNANDO JAVIER ARIAS LIRA, quien compra, adquiere y acepta, un 2% de los derechos en la sociedad. Por su parte don GUILLERMO EDUARDO ARIAS LAGOS, vende, cede y transfiere a don IGNACIO AGUSTIN ARIAS LIRA, quien compra, adquiere y acepta, un 2% de los derechos en la sociedad.- Precios y formas de pago en escritura extractada. Como consecuencia de las cesiones antes efectuadas, quedan como únicas socios don JUAN PABLO ARIAS LAGOS, con un 44% de los derechos sociales; don GUILLERMO EDUARDO ARIAS LAGOS, con un 44% de los derechos sociales; don FELIPE EDUARDO ARIAS LIRA, con un 4% de los derechos sociales, don FERNANDO JAVIER ARIAS LIRA con un 4% de los derechos sociales y don IGNACIO AGUSTIN ARIAS LIRA, con un 4% de los derechos sociales. En todo lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 09 de diciembre de 2025.