MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Barra & Strobel SpA

RUT 76024069-9 CVE 2744589
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2025
Repertorio
58927
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de las Condes, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2025, Repertorio N° 58.927, ante mí, EBS HOLDING SpA y doña CATALINA FERNANDA BARRA STROBEL, procedieron a dividir y modificar BARRA & STROBEL SpA, en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura pública de fecha 22 de mayo del año 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Perry Pefaur; cuyo extracto rola inscrito a fojas 82 vuelta número 102 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, correspondiente al año 2008. En el siguiente sentido: I) División de la Sociedad: Dividir la Sociedad en 3 Sociedades por Acciones, mediante la distribución de su patrimonio entre la Sociedad como continuadora y 2 nuevas Sociedades por Acciones denominadas; “INMOBILIARIA BASTRO SpA” y “TRANSPORTES BASTRO SpA” las que se constituyen en los términos que se indican en extractos separados, subsistiendo “Barra & Strobel SpA”, que será la continuadora legal. La división se materializará para todos los efectos con la fecha de la escritura extractada. II) Modificación de capital de la Sociedad producto de la división: en el sentido de indicar que el capital social disminuye desde la suma de $10.000.000 a la suma de $9.000.413 dividido en 10.000 acciones; reemplazándose, en consecuencia, el artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: El capital social asciende a $9.000.413 dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el que se suscribe y paga conforme a lo indicado en el artículo Primero Transitorio”. Adicionalmente, se aprobaron los estatutos de las sociedades que nacen de la división. La Notario que autoriza certifica que ha tenido a la vista el registro de accionistas de la Sociedad y certifica su composición accionaria. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada para legalización. - Santiago, 17 de diciembre de 2025.