CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA GRANOS DEL RANCO LIMITADA

CVE 2744430
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2025
Notario
HERNÁN OSVALDO NESBET JARAMILLO
Domicilio
Río Bueno

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Río Bueno
Duración
10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, salvo aviso dado por los socios mediante carta certificada notarial, con a lo menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento

Objeto social

La explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación; la realización de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; la administración y arrendamiento por cuenta propia y ajena de bienes raíces; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y la intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; así como todas las demás actividades relacionadas, pudiendo, para el cumplimiento de su objeto, crear sociedades o ingresar a otras ya formadas, realizar todas aquellas actividades tendientes, concordantes o conducentes a los objetos antes señalados, y desarrollar todos los demás objetos que determinen los

Administración

Corresponderá a uno cualquiera de los señores OTTMAR ALBERTO OPITZ SCHWENCKE, KARIN ANNETTE OPITZ SCHWENCKE y HANNA MARCELLA SEIDL, actuando individualmente, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con las limitaciones que se establecen al final del Artículo Noveno de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNÁN OSVALDO NESBET JARAMILLO, Notario Público Titular de Río Bueno, con oficio en Ejército Libertador 1059; certifica: Por escritura pública de 11 de Diciembre de 2025, ante mí, OTTMAR ALBERTO OPITZ SCHWENCKE, ingeniero agrónomo, por sí y en representación de KARIN ANNETTE OPITZ SCHWENCKE, relacionadora pública; EDUARDO JAVIER OPITZ SCHWENCKE, técnico agrícola, y HANNA MARCELLA SEIDL, ingeniero agrónomo, todos domiciliados en fundo Diumén, Comuna Río Bueno, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: AGRÍCOLA GRANOS DEL RANCO LIMITADA, pudiendo usar la sigla comercial o nombre de fantasía AGROGRANOS LTDA.. Objeto: La explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de dicha explotación; la realización de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; la administración y arrendamiento por cuenta propia y ajena de bienes raíces; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y la intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; así como todas las demás actividades relacionadas, pudiendo, para el cumplimiento de su objeto, crear sociedades o ingresar a otras ya formadas, realizar todas aquellas actividades tendientes, concordantes o conducentes a los objetos antes señalados, y desarrollar todos los demás objetos que determinen los socios. Domicilio: Río Bueno, sin perjuicio de agencias o sucursales que pueda establecer en el país o el extranjero. Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, salvo aviso dado por los socios mediante carta certificada notarial, con a lo menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: $1.000.000, que socios aportan y pagan: a) OTTMAR ALBERTO OPITZ SCHWENCKE, $300.000, que equivale al 30% derechos sociales, pagado al contado; b) KARIN ANNETTE OPITZ SCHWENCKE, $300.000, que equivale al 30% derechos sociales, pagado al contado; c) EDUARDO JAVIER OPITZ SCHWENCKE, $300.000, que equivale al 30% derechos sociales, pagado al contado; y d) HANNA MARCELLA SEIDL, $100.000, que equivale al 10% derechos sociales, pagado al contado. Administración y uso de la razón social: Corresponderá a uno cualquiera de los señores OTTMAR ALBERTO OPITZ SCHWENCKE, KARIN ANNETTE OPITZ SCHWENCKE y HANNA MARCELLA SEIDL, actuando individualmente, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con las limitaciones que se establecen al final del Artículo Noveno de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Río Bueno, 17 diciembre 2025.