INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN BRIDAK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 11578-2025
- Notario
- otorgado ante don Cesar Ricardo Sánchez García
- Oficio
- vigésimo primera Notaria de Santiago repertorio número cincuenta mil ochocientos ocho guion dos mil trece
- Comuna
- Santiago de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJose Ignacio Lavados Irigoyen, abogado, Notario Suplente de la 27º Notaria de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, certifico que: por escritura pública otorgada con fecha 28 de noviembre de 2025, ante mí, Repertorio N°11.578-2025, don LUIS FERNANDO ROJAS RAMIREZ, chileno, soltero, Ingeniero en Conectividad y Redes, cedula nacional de identidad número dieciséis millones ochenta y seis mil ochocientos ochenta y dos guion uno; domiciliado en los Nogales Norte número tres mil doscientos doce, comuna de Lampa y de paso por esta por esta ciudad , en adelante “ El Cedentes “, y por la otra don JORGE ORLANDO ROJAS RAMIREZ, chileno, soltero, Ingeniero Constructor, cedula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos ochenta y ocho mil ochenta y dos guion siete; domiciliado calle José Manuel Balmaceda número cuatro mil quinientos veintisiete, comuna de Renca, y de paso por esta ciudad; doña ESTEFANÍA ELIZABETH LUCERO MORALES, chilena, soltera, Ingeniera en Construcción, cedula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos veinticuatro guion ocho, domiciliada en Eudocia Vicuña número mil cuatrocientos cuarenta y tres, comuna de Ñuñoa, y de paso por esta ciudad, en adelante “Cesionario”, los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, declaran su actividad, domicilio, estado civil y exponen: Por escritura pública de fecha veintidós de octubre del año dos mil trece, otorgado ante don Cesar Ricardo Sánchez García, abogado y Notario Público interino de la vigésimo primera Notaria de Santiago repertorio número cincuenta mil ochocientos ocho guion dos mil trece, los comparecientes constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada, denominada “INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN BRIDAK LIMITADA O CONSTRUCTORA BRIDAK LTDA.” la que se inscribió a fojas ochenta y un mil trescientos cincuenta número cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y siete del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil trece. Dicha sociedad ha sido modificada, con fecha diez de noviembre del año dos mil dieciséis, ante don Julio Vergara Villarroel, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Renca, inscrita a fojas ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta número cuarenta y cinco mil quinientos doce del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil dieciséis, además, la sociedad, se modifica dos de agosto de dos mil veintiuno, ante don Humberto Quezada Moreno, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, inscrita a fojas sesenta mil ochocientos cuarenta y siete, número veintiocho mil trescientos cincuenta y cuatro del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno. Por el presente instrumento, don LUIS FERNANDO ROJAS RAMIREZ, doña ESTEFANÍA ELIZABETH LUCERO MORALES y don LUIS FERNANDO ROJAS RAMIREZ, vienen a suscribir escritura pública de resciliación de la compraventa de Derechos Sociales de INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN BRIDAK LIMITADA O CONSTRUCTORA BRIDAK LTDA de fecha veintidós de agosto de dos mil veinticinco, otorgada ante la notario Público, Titular de Vigésima Séptima Notaria de Santiago doña María Patricia Donoso Gomien, bajo el repertorio número siete mil ochocientos nueve guion dos mil veinticinco, que se inscribió con fecha veintiocho de agosto a fojas setenta y ocho mil setecientos treinta y cuatro número veintinueve mil setecientos treinta y cinco del registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veinticinco y su Escritura de Rectificación de la escritura pública ya individualizada, otorgada en la misma notaria con fecha diez de septiembre de dos mil veinticinco y bajo el repertorio número ocho mil quinientos sesenta y seis guion dos mil veinticinco, y su respectiva inscripción en el Conservador de Comercio de Santiago, rola a fojas ochenta y ocho mil ciento noventa número treinta y tres mil cuatrocientos setenta y seis del año dos mil veinticinco; Debido que en el curso de la tramitación e inscripción en el Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del extracto de la señalada escritura, se advirtió un error tipográfico en el extracto e inscripción, además, el error impide la publicación de la escritura de fecha diez de septiembre de dos mil veinticinco, lo que hizo imposible la prosecución de la publicación del extracto la escritura de rectificación, por lo cual los comparecientes viene en dejar sin efecto en todas sus partes, las escrituras singularizadas en la cláusula precedente; Los comparecientes dejan expresamente establecidos que las modificaciones contenidas en este instrumento regirán desde la fecha de su suscripción y en lo no modificado por este instrumento se mantiene plenamente vigente el pacto social aludido. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago a 04 de diciembre de 2025.