MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

HIDRAIRE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS SpA

RUT 77270722-3 CVE 2743658
Capital
$14.903.338 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2025
Repertorio
13390-2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$14.903.338 CLP
Ley aplicable
Ley N°18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2025, Repertorio N°13.390-2025, otorgada ante mi Suplente Karina Flores Muñoz, mediante acuerdo de accionista sin forma de junta, don Alejandro Schlafmitz Gómez, Rut de inversionista extranjero N°48.215.912-5, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro El Plomo 5630, piso 9, oficina 908, Las Condes, Región Metropolitana, declara que, en su calidad de único accionista de HIDRAIRE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS SpA, (la “Sociedad”), la cual rola inscrita a fojas 77.145, número 37.016, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, Rol Único Tributario número 77.270.722-3, acordó lo siguiente: Uno. Aprobar el balance de división al 30 de septiembre de 2025. En ese sentido, dio cuenta de que en base a las disposiciones del artículo 10 de la Ley N°18.046, el capital debidamente revalorizado al 31 de diciembre de 2025 asciende a $14.903.338. Dos. Dividir la Sociedad, con efectos a partir de la fecha de la escritura citada, subsistiendo la Sociedad como continuadora legal, la que continuará operando bajo el mismo nombre y constituyéndose, al efecto, tres nuevas sociedades por acciones, las que se denominarán: (i) HIDRAIRE CHILE-CORP SpA, a la cual se asignó un capital de $2.407 pesos, dividido en 500 acciones nominativas, de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas; (ii) HIDRAIRE SALVADOR SpA, a la cual se asignó un capital de $498.550 pesos, dividido en 500 acciones nominativas, de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas; e (iii) HIDRAIRE SÓTERO SpA, a la cual se asignó un capital de $7.120.970 pesos, dividido en 500 acciones nominativas, de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas. Las asignaciones referidas, fueron acordadas de conformidad con balance de división al 30 de septiembre de 2025. Tres. A consecuencia de lo anterior, se disminuyó el capital social de la Sociedad en $7.621.927 pesos, esto es, de la suma de $14.903.338 pesos a la suma de $7.281.411 pesos, sin que medie la cancelación de acciones, manteniéndose de esta forma su capital dividido en 500 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las que se encuentran totalmente suscritas y pagadas y reemplazando, en consecuencia, los Artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de siete millones doscientos ochenta y un mil cuatrocientos once pesos, dividido en quinientas acciones nominativas, de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, las que han sido suscritas y pagadas en la forma que establece el artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos. Cada acción dará derecho a un voto.”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- Suscripción y pago del capital. De conformidad con lo dispuestos en el Artículo Quinto de estos estatutos, el capital de la Sociedad es de siete millones doscientos ochenta y un mil cuatrocientos once pesos, dividido en quinientas acciones nominativas, de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, han sido suscritas y pagadas en su totalidad por don Alejandro Schlafmitz Gómez, con anterioridad a este acto, las que corresponden al cien por ciento del capital social.” Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en la escritura pública extractada. Santiago, 10 de diciembre de 2025.