COMERCIAL MIOS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 7577-2025
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $30.512.267 CLP
- Domicilio
- Santiago; (iv)
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto a) La comercialización, importación, exportación, distribución, compra y venta y elaboración de toda clase de artículos de vestir y de materias primas para la industria textil y la confección de vestuario; b) La comercialización, importación, exportación, distribución, compra y venta y elaboración de toda clase de bienes muebles y artículos para el hogar, artículos de decoración y de regalos, de iluminación, jardinería, productos textiles, así como la prestación de servicios de asesoría en diseño y decoración de interiores; c) La adquisición, explotación y administración de todo tipo de establecimiento de comercio vinculado a los rubros anteriores; d) Tomar la representación de todas las marcas relacionadas con los rubros de vestuario, textil, confección, hogar, diseño y decoración; y e) Toda clase de inversiones en bienes raíces, muebles, títulos de crédito, acciones, instrumentos financieros y valores. Todo lo anterior podrá realizarse por cuenta propia o ajena, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione o coadyuve a la realización del presente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, con fecha 9 de diciembre de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio 7577-2025, el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de COMERCIAL MIOS S.A., inscrita a fojas 11.072, número 9.129 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1994 (la “Sociedad”), celebrada fecha 9 de diciembre de 2025, en la que se acordó lo siguiente: asistiendo la totalidad de los accionistas y por la unanimidad de ellos, modificaron la Sociedad en el sentido de cambiar la especie o tipo social, transformándola de una sociedad anónima a una sociedad por acciones: (i) Accionistas: Inversiones El Alarife Limitada e Inmobiliaria e Inversiones Puerto Grande Limitada, ambos domiciliados para estos efectos Las Catalpas número mil doscientos veintiséis, departamento cuatrocientos dos, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. (ii) Razón Social: “COMERCIAL MIOS SpA”; (iii) Domicilio: Santiago; (iv) Duración: Indefinida; (v) Objeto: La sociedad tiene por objeto a) La comercialización, importación, exportación, distribución, compra y venta y elaboración de toda clase de artículos de vestir y de materias primas para la industria textil y la confección de vestuario; b) La comercialización, importación, exportación, distribución, compra y venta y elaboración de toda clase de bienes muebles y artículos para el hogar, artículos de decoración y de regalos, de iluminación, jardinería, productos textiles, así como la prestación de servicios de asesoría en diseño y decoración de interiores; c) La adquisición, explotación y administración de todo tipo de establecimiento de comercio vinculado a los rubros anteriores; d) Tomar la representación de todas las marcas relacionadas con los rubros de vestuario, textil, confección, hogar, diseño y decoración; y e) Toda clase de inversiones en bienes raíces, muebles, títulos de crédito, acciones, instrumentos financieros y valores. Todo lo anterior podrá realizarse por cuenta propia o ajena, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione o coadyuve a la realización del presente giro. (vi) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $30.512.267.- pesos, dividido en 19.800 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas con cargo a su participación en el capital pagado de la sociedad anónima que se transforma, de conformidad al Artículo Primero Transitorio. Demás modificaciones y/o estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Vitacura, 15 de diciembre de 2025.