MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COLEGIO PATMOS LIMITADA

RUT 81548500-9 CVE 2743882
Fecha instrumento
27 de octubre de 2025
Notaría
Viña

Instrumento

Fecha
27 de octubre de 2025
Repertorio
4400
Notario
PAOLA DEBORAH STACK LARA
Oficio
Cuarta Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña

Administración

Cláusula Tercera de los estatutos sociales, “Administración”, se modifica de la siguiente forma: la administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social, corresponderá indistintamente a uno cualesquiera de ambos socios, actuando individual o colectivamente (siendo ello indistinto), y anteponiendo sus firmas a la razón social, pudiendo efectuar todos los actos de disposición y administración correspondiente al giro social, sin ninguna limitación, para actuar y obligar a la Sociedad, en todos sus asuntos, juicios y negocios. Se insertan facultades específicas a título de ejemplo; Distribución de utilidades. Cláusula Quinta, “Distribución de utilidades”, se modifica de la siguiente forma: las utilidades que produzcan los negocios sociales se distribuirán entre los socios en partes iguales, y en igual proporción se soportarán las pérdidas, si las hubiere. Las modificaciones acordadas tendrán efecto una vez cumplidas las solemnidades legales. En todo lo no modificado, rigen los estatutos sociales vigentes. VIÑA DEL MAR, A NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAOLA DEBORAH STACK LARA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar, Libertad número 901, local A, Viña del Mar, Certifico: Por escritura pública ante mí, Repertorio Nº4400 del 27 de octubre de 2025, doña CARMEN LUZ BERGER VALVERDE, cédula nacional de identidad número cuatro millones doscientos veinticuatro mil veintinueve guión K, con domicilio en calle Quito número doscientos cincuenta y cinco, Viña del Mar, Región de Valparaíso; doña MILLICENT ANN ROWLANDS BERGER, cédula nacional de identidad número nueve millones quinientos sesenta y un mil cuatrocientos ochenta, guión nueve, soltera, con domicilio en calle Quito número doscientos cuarenta y nueve, Viña del Mar, Región de Valparaíso y don DANIEL GUILLERMO ROWLANDS BERGER, cédula nacional de identidad número nueve millones quinientos dieciocho mil seiscientos treinta y dos guión siete, con domicilio en calle El Almendro Oriente número setecientos sesenta y tres, Casa P, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, y de paso en ésta, todos quienes comparecen por sí y en calidad de herederos y como sucesores a título universal de don WILLIAM PATRICK ROWLANDS BAHAMONDE (Q.E.P.D.), cédula nacional de identidad número tres millones ciento doce mil trescientos veintinueve guión uno, modificaron sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “COLEGIO PATMOS LIMITADA”, rol único tributario N°81.548.500-9, inscrita a fojas 410 N°458 en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año 2003, siguiente forma: UNO) En virtud de transmisión de derechos referida en cláusula tercera los herederos del socio fallecido, son titulares en conjunto del 60% de derechos sociales de los que don WILLIAM PATRICK ROWLANDS BAHAMONDE (Q.E.P.D.) era titular en la sociedad y les transmitió, debiéndose reconocer e incorporar en los estatutos en la nueva proporción. Atendido lo anterior, los comparecientes están de acuerdo en que los socios de COLEGIO PATMOS LIMITADA y sus porcentajes de derechos en la sociedad, pasan a ser los siguientes: a) doña CARMEN LUZ BERGER VALVERDE con el treinta por ciento de los derechos sociales, de los que era titular con anterioridad a la sucesión de su cónyuge; b) doña MILLICENT ANN ROWLANDS BERGER con el treinta y cinco por ciento de los derechos sociales, que provienen del cinco por ciento de derechos que ya tenía más el treinta por ciento de derechos que hereda y se le adjudica en la sucesión del socio fallecido; c) don DANIEL GUILLERMO ROWLANDS BERGER con el treinta y cinco por ciento de los derechos sociales, que provienen del cinco por ciento de derechos que ya tenía más el treinta por ciento de derechos que hereda y se le adjudica en la sucesión del socio fallecido. DOS.- CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: La socia doña CARMEN LUZ BERGER VALVERDE, vende un quince por ciento de sus derechos de participación en el capital social a doña MILLICENT ANN ROWLANDS BERGER, en la suma de treinta y tres millones de pesos chilenos y otro quince por ciento de aquellos a don DANIEL GUILLERMO ROWLANDS BERGER, también en la suma de treinta y tres millones de pesos chilenos, pagaderos en la forma pactada en la misma escritura; TRES.- SALIDA DE LA SOCIA CEDENTE: En consecuencia, doña CARMEN LUZ BERGER VALVERDE, cesa en su calidad de socia , quedando como únicos socios doña MILLICENT ANN ROWLANDS BERGER y don DANIEL GUILLERMO ROWLANDS BERGER, en un cincuenta por ciento cada uno. CUATRO.- MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS SOCIALES: Ambos socios, por unanimidad, acordaron las siguientes modificaciones al estatuto social: Administración. Cláusula Tercera de los estatutos sociales, “Administración”, se modifica de la siguiente forma: la administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social, corresponderá indistintamente a uno cualesquiera de ambos socios, actuando individual o colectivamente (siendo ello indistinto), y anteponiendo sus firmas a la razón social, pudiendo efectuar todos los actos de disposición y administración correspondiente al giro social, sin ninguna limitación, para actuar y obligar a la Sociedad, en todos sus asuntos, juicios y negocios. Se insertan facultades específicas a título de ejemplo; Distribución de utilidades. Cláusula Quinta, “Distribución de utilidades”, se modifica de la siguiente forma: las utilidades que produzcan los negocios sociales se distribuirán entre los socios en partes iguales, y en igual proporción se soportarán las pérdidas, si las hubiere. Las modificaciones acordadas tendrán efecto una vez cumplidas las solemnidades legales. En todo lo no modificado, rigen los estatutos sociales vigentes. VIÑA DEL MAR, A NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.