MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL POTGARDEN SpA

RUT 76150982-9 CVE 2743110
Capital
$37.500.000 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2025
Repertorio
23231/2025
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$37.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 26/11/2025, Repertorio 23231/2025, ante mi, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada ante mí con fecha 21 de noviembre de 2025, de COMERCIAL POTGARDEN SpA, Rut N° 76.150.982-9, inscrita a Fs 28608 N° 21524, Reg. Comercio año 2011, CBR de Santiago (la “Sociedad”), en la que se acordó aprobar lo siguiente: /A/ modificar y complementar el Art. Segundo del Estatuto de la Sociedad, relativo al Objeto Social, incorporándole el siguiente párrafo final: “En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”; /B/ Modificar y complementar el Art. Décimo Primero, Título Tercero del Estatuto vigente, relativo a la Administración de la Sociedad, incorporándole un párrafo 36) del siguiente tenor: “36) En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. La administradora deberá dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas de la Sociedad.”; y C) Se reemplazó el Art. Décimo Primero, Título Tercero del Estatuto: Administración corresponde a doña Valeria Erika Kunstmann Sylvester (la “Administradora”), quien actuará en forma individual, con facultades que se detallan en la que extracto; o bien por intermedio de uno o más mandatarios especialmente designados por la Administradora por escritura pública o por instrumento privado protocolizado, con aquellas facultades y forma de actuar que se les designen en el respectivo título del nombramiento. Capital: $37.500.000. Demás estipulaciones en la que extracto.