MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGENCIA DE TURISMO VLYNT TRAVEL SpA

RUT 76323782-6 CVE 2743435
Fecha instrumento
21 de noviembre de 2025
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
21 de noviembre de 2025
Notario
JORGE REYES BESSONE
Oficio
Novena Notaria de San Miguel
Comuna
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público, Titular de la Novena Notaria de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, Comuna de San Miguel, certifico: que por escritura pública de fecha 21 de noviembre de 2025, otorgada ante mí, repertorio número 1590/2025, SEBASTIÁN CRISTÓBAL NAVARRETE DE LA BARRA, en su calidad de único accionista de AGENCIA DE TURISMO VLYNT TRAVEL SpA, sociedad inscrita a fojas 52.916, número 35.317 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, Rol Único Tributario 76.323.782-6, modificó el objeto social, reemplazando el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la Sociedad será: Uno) La operación, gestión y administración de agencias de viajes; incluyendo la intermediación en la venta de servicios turísticos, organización de viajes, excursiones, programas turísticos, reservas de alojamiento, pasajes y actividades relacionadas, tanto en Chile como en el extranjero; Dos) La prestación de servicios de transporte terrestre, nacional e internacional, de pasajeros, carga, mercaderías, fletes y toda clase de bienes muebles susceptibles de traslado. Estas actividades podrán realizarse mediante vehículos propios, arrendados, tomados en leasing o por intermedio de terceros. Se incluye expresamente la realización de todas las gestiones logísticas, portuarias y trámites aduaneros que sean necesarios o conducentes para la ejecución del transporte y traslado de los bienes o personas; Tres) El arrendamiento y subarrendamiento de vehículos motorizados de cualquier tipo, tales como automóviles, camionetas, furgones, vans, camiones, buses y flotas de vehículos en general, con o sin conductor, bajo modalidades de corto, mediano o largo plazo, incluyendo el leasing operativo; Cuatro) La realización de cualquier otra actividad comercial lícita, conexa o complementaria a los giros anteriormente descritos, que los socios o accionistas acuerden para el mejor desarrollo de los fines sociales; y Cinco) la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos, civiles, comerciales o administrativos, que sean necesarios o conducentes a los fines sociales; podrá constituir o ingresar a otras sociedades, y adquirir, enajenar, gravar, dar o tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales.”. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de diciembre de 2025.