CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Mara SpA

RUT 14529597-1 CVE 2742350
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
27 de noviembre de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de noviembre de 2025
Notario
PAOLA DEBORAH STACK LARA
Domicilio
con oficio en Avenida Libertad número novecientos uno

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
El domicilio será la provincia de Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley N°18.046

Objeto social

La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno más administradores, nombrado por la Junta de Accionistas, quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Se designan como administradores a JORGE ALEXANDER MATHIEU COX CLAISE y DANIELA BUSTOS RIQUELME

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAOLA DEBORAH STACK LARA, abogado y Notario Público Titular, con oficio en Avenida Libertad número novecientos uno, local A certifico que, ante CAROLINA ANDREA GUAJARDO CHAVEZ, abogado y Notario Público Suplente de la Notario Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar por escritura pública de fecha 27 de noviembre del año 2025, compareció: don JORGE ALEXANDER MATHIEU COX CLAISE; CI N° 14.529.597-1 y doña DANIELA BUSTOS RIQUELME, C.I. N° 17.537.960-6 ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Borgoño N° 21500, departamento 111, comuna de Concón, Región de Valparaíso; quienes constituyeron una sociedad por acciones denominada Mara SpA, la cual se regirá por sus propias disposiciones estatutarias y, en su silencio, por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y las normas legales pertinentes de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas y demás leyes pertinentes, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: RAZÓN SOCIAL. “Mara SpA” OBJETO: La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno más administradores, nombrado por la Junta de Accionistas, quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Se designan como administradores a JORGE ALEXANDER MATHIEU COX CLAISE y DANIELA BUSTOS RIQUELME. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $500.000, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben por sus accionistas de la siguiente manera: I) don JORGE ALEXANDER MATHIEU COX CLAISE, suscribe 250 acciones, en el valor de $250.000, cantidad que pagará en dinero en efectivo, en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución; y (II) doña DANIELA BUSTOS RIQUELME, suscribe 250 acciones, en el valor de $250.000, cantidad que pagará en dinero en efectivo, en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución. DOMICILIO: El domicilio será la provincia de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales, oficinas o representaciones en el resto del país o en el extranjero.- DURACIÓN: Indefinida.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Viña del Mar, 10 de diciembre 2025.