Inversiones La Rosa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2025
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $11.530.343.223 CLP
- Duración
- 90 años desde el 1 de abril de 2009. (iv)
Objeto social
a) efectuar inversiones en bienes raíces rústicos y urbanos y muebles de toda clase, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito y otros valores mobiliarios de cualquier tipo; b) concurrir a la formación o constitución y formar parte de toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, incluso comunidades; adquirir derechos o acciones en ellas, sean estas anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, por acciones, pudiendo concurrir como socia y gestora en ellas con la plenitud de las facultades de tales; c) adquirir y enajenar a cualquier título y, en general, negociar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito y cualquier otro valor mobiliario o derecho en cualquier tipo de sociedades comerciales o civiles, bienes raíces rústicos o urbanos, y , en general, cualquier otro valor de inversión; y d) ejecutar mandatos y comisiones de cualquier tipo y administrar toda clase de bienes, negocios o inversiones. (iii)
Administración
Se acordó modificar la administración de la Sociedad, en el sentido de que el uso de la razón social y administración de la Sociedad corresponderá doña María del Rosario Navarro Haeussler quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad con todas las facultades indicas en el artículo cuarto de los estatutos. En caso de fallecimiento o ausencia de doña María del Rosario Navarro Haeussler, la que deberá ser grave e invalidante en términos de no poder expresar claramente su voluntad, lo que deberá ser acreditado ante terceros ya sea mediante el correspondiente documento público, o en su caso, mediante certificado original otorgado por un facultativo médico protocolizado ante Notario, la administración de la Sociedad corresponderá a don Juan Pablo Costa Navarro, doña Catalina Costa Navarro, doña Rosario Costa Navarro y doña Valentina Costa Navarro, quienes, actuando en conjunto tres cualquiera de ellos, representaran a la sociedad con todas las facultades indicadas en el artículo cuatro de los estatutos. (b) Modificación de Estatutos. Los actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales relativo a la administración y facultades de administración de la sociedad. Los actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar los estatutos sociales en otras materias que no son objeto de extracto. (c) Fijación de Estatutos Refundidos. Los actuales socios de la Sociedad acuerdan dictar estatutos refundidos de la sociedad, de los cuales extracto lo siguiente: (i)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular Cuadragésima Tercera Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2025, repertorio número 34.452-2025, ante mí, doña María del Rosario Navarro Haeussler, Inversiones La Gorda SpA, Andes Inversiones SpA, Inversiones El Jagger SpA e Inversiones La Valentina SpA todos domiciliados para estos efectos en Ruta E-30F número 9.890, casa 27, comuna de Zapallar, Valparaíso, acordaron, entre otras materias, modificar la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Inversiones La Rosa Limitada" (la “Sociedad”), inscrita a fojas 39.762 número 27.395 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009, en los siguientes términos: (a) Modificación de la Administración. Se acordó modificar la administración de la Sociedad, en el sentido de que el uso de la razón social y administración de la Sociedad corresponderá doña María del Rosario Navarro Haeussler quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad con todas las facultades indicas en el artículo cuarto de los estatutos. En caso de fallecimiento o ausencia de doña María del Rosario Navarro Haeussler, la que deberá ser grave e invalidante en términos de no poder expresar claramente su voluntad, lo que deberá ser acreditado ante terceros ya sea mediante el correspondiente documento público, o en su caso, mediante certificado original otorgado por un facultativo médico protocolizado ante Notario, la administración de la Sociedad corresponderá a don Juan Pablo Costa Navarro, doña Catalina Costa Navarro, doña Rosario Costa Navarro y doña Valentina Costa Navarro, quienes, actuando en conjunto tres cualquiera de ellos, representaran a la sociedad con todas las facultades indicadas en el artículo cuatro de los estatutos. (b) Modificación de Estatutos. Los actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales relativo a la administración y facultades de administración de la sociedad. Los actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar los estatutos sociales en otras materias que no son objeto de extracto. (c) Fijación de Estatutos Refundidos. Los actuales socios de la Sociedad acuerdan dictar estatutos refundidos de la sociedad, de los cuales extracto lo siguiente: (i) Nombre: Inversiones La Rosa Limitada. (ii) Objeto: a) efectuar inversiones en bienes raíces rústicos y urbanos y muebles de toda clase, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito y otros valores mobiliarios de cualquier tipo; b) concurrir a la formación o constitución y formar parte de toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, incluso comunidades; adquirir derechos o acciones en ellas, sean estas anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, por acciones, pudiendo concurrir como socia y gestora en ellas con la plenitud de las facultades de tales; c) adquirir y enajenar a cualquier título y, en general, negociar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito y cualquier otro valor mobiliario o derecho en cualquier tipo de sociedades comerciales o civiles, bienes raíces rústicos o urbanos, y , en general, cualquier otro valor de inversión; y d) ejecutar mandatos y comisiones de cualquier tipo y administrar toda clase de bienes, negocios o inversiones. (iii) Duración: 90 años desde el 1 de abril de 2009. (iv) Capital: $11.530.343.223, que los socios han aportado y pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha y a entera satisfacción de la Sociedad, en las siguientes proporciones: i) doña María del Rosario Navarro Haeussler aportó la cantidad de $4.968.113.487, equivalentes aproximadamente al 43,0872% del capital y derechos sociales; ii) Inversiones La Gorda SpA aportó la cantidad de $1.640.557.434, equivalentes aproximadamente al 14,2282% del capital y derechos sociales; iii) Andes Inversiones SpA aportó la cantidad de $1.640.557.434, equivalentes aproximadamente al 14,2282% del capital y derechos sociales; iv) Inversiones El Jagger SpA aportó la cantidad de $1.640.557.434, equivalentes aproximadamente al 14,2282% del capital y derechos sociales; y v) Inversiones La Valentina SpA aportó la cantidad de $1.640.557.434, equivalentes aproximadamente al 14,2282% del capital y derechos sociales. (v) Administración: El uso de la razón social y administración de la Sociedad corresponderá doña María del Rosario Navarro Haeussler quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad con todas las facultades indicas en el artículo cuarto de los estatutos. En caso de fallecimiento o ausencia de doña María del Rosario Navarro Haeussler, la que deberá ser grave e invalidante en términos de no poder expresar claramente su voluntad, lo que deberá ser acreditado ante terceros ya sea mediante el correspondiente documento público, o en su caso, mediante certificado original otorgado por un facultativo médico protocolizado ante Notario, la administración de la Sociedad corresponderá a don Juan Pablo Costa Navarro, doña Catalina Costa Navarro, doña Rosario Costa Navarro y doña Valentina Costa Navarro, quienes, actuando en conjunto tres cualquiera de ellos, representarán a la sociedad con todas las facultades indicadas en el artículo cuatro de los estatutos. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de diciembre de 2025.