SERVICIOS INDUSTRIALES GROUP LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2025
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACÉRES
- Oficio
- Séptima Notaria de Santiago con oficio en calle Agustinas 1161
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, comuna de Quinta Normal
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Constitución y
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MICHAEL ALLAN REED OLIVARES | socio | 11862903-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACÉRES, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaria de Santiago con oficio en calle Agustinas 1161, Entrepiso, Santiago, CERTIFICA: Que por escritura de fecha 28 de octubre de 2025, ante mi compareció don JORGE RODRIGO MUÑOZ GONZALEZ, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero en administración, CNI 11.748.726-1, por sí y en representación de INVERSIONES JORGE MUÑOZ GONZALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, del giro de su denominación, RUT 77.248.616-2; todos domicilio en Avda. José Joaquín Pérez 4531, Quinta Normal, RM; y por otra parte MICHAEL ALLAN REED OLIVARES, chileno, casado, empleado, CNI 11.862.903-5, domicilio en Parcela Uno, Campus del Mar, camino Concón - Quintero, comuna de Quintero, Región de Valparaíso; modificaron y transformaron sociedad de responsabilidad limitada: Nombre: “SERVICIOS INDUSTRIALES GROUP LTDA.”. RUT 76.016.561-1, constituida el 4 de marzo de 2008 por escritura otorgada en la Cuarta Notaria Pública de Santiago de Cosme Fernando Gomila Gatica, e inscrito su extracto a fojas 11.579, número 7.796 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2008. Modificación consiste: JORGE RODRIGO MUÑOZ GONZALEZ, e INVERSIONES JORGE MUÑOZ GONZALEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ceden y transfieren el total de los derechos que ambos tienen en la sociedad a don MICHAEL ALLAN REED OLIVARES, quien los compra y adquiere para sí, quedando éste como único socio. Transformación consiste: Michael Allan Reed Olivares, en su calidad de único socio de la sociedad cuyos derechos ha adquirido, viene en transformar la sociedad a una sociedad por acciones conforme a los artículos cuatro cientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y sujeta a los siguientes Estatutos Sociales: ESTATUTOS. TÍTULO PRIMERO.- NOMBRE DE LA SOCIEDAD, DOMICILIO, DURACION Y OBJETO. Constitución y Razón Social: Se constituye una sociedad por acciones con el nombre de SERVICIOS INDUSTRIALES GROUP SpA; Domicilio: ciudad de Santiago, comuna de Quinta Normal, sin perjuicio las agencias, oficinas o sucursales que se acordare establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida, a contar de la fecha del presente contrato. Objeto: Servicios de mantención para maquinaria industrial, tanto en talleres de la sociedad, fijos y/o taller móvil, como en dependencias de los clientes, y comercializadora de insumos y repuestos para la actividad industrial, en tal sentido podrá importar, exportar, comprar y vender, al por mayor y detalle, todo tipo de repuestos y accesorios para maquinaria industrial, de todas las áreas de la economía. Cualquier otro negocio o acto de comercio de los señalados en el artículo tercero del Código de Comercio, que los socios acuerden, sin que para ello se requiera modificación alguna de estos estatutos.- TITULO SEGUNDO. DEL CAPITAL Y LAS ACCIONES. Capital: $20.000.000, dividido en 20.000 mil acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, el que se suscribe y paga en la forma que se establece en los artículos transitorios. Administrador: Se designa como administrador de la sociedad a don Michael Allan Reed Olivares. Amplias facultades. Duración del Cargo: El Administrador durará cinco años en sus funciones y podrá ser reelegido indefinidamente. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es $20.000.000, dividido en 20.000 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que el accionista don Michael Allan Reed Olivares suscribe y pagadas en efectivo, al contado y en este acto se ingresa a la caja social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 12 de Noviembre de 2025.-