CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LAM INVERSIONES LIMITADA

CVE 2741366
Fecha instrumento
11 de diciembre de 2025
Notaría
Providencia doña Paulina Celis Maggi
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de diciembre de 2025
Notario
Nicole Parra Apablaza
Oficio
Reemplazante de la Interina de la Segunda Notaría de Providencia doña Paulina Celis Maggi
Comuna
Providencia doña Paulina Celis Maggi

Sociedad

N. fantasía
“LAM INVERSIONES”
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, manera indiada en escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será: Realizar inversiones en instrumentos financieros, bienes raíces, sociedades y empresas. Administrar, comprar, vender y arrendar bienes muebles e inmuebles. Participar en sociedades de cualquier naturaleza, nacionales o extranjeras. Ejercer todas las actividades lícitas relacionadas con inversiones y administración de activos; y en general toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro antes señalado y que los socios acuerden

Administración

La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá al socio don LEONARDO IAN OSSES ALVARADO, con amplias facultades detalladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Nicole Parra Apablaza, Abogada, Notario Público Reemplazante de la Interina de la Segunda Notaría de Providencia doña Paulina Celis Maggi, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifico: Por escritura pública, otorgada hoy ante mí, don LEONARDO IAN OSSES ALVARADO, doña MAGDALENA INÉS OSSES VÁSQUEZ, y doña AMANDA BELEN OSSES VÁSQUEZ, todos con domicilio en calle Diego de Almagro número dos mil doscientos sesenta y tres, departamento cuatrocientos cuatro, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre o razón social será “LAM INVERSIONES LIMITADA”, nombre de fantasía: “LAM INVERSIONES”.- Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá al socio don LEONARDO IAN OSSES ALVARADO, con amplias facultades detalladas en escritura extractada.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Leonardo Ian Osses Alvarado, aporta y entera la suma de cuatro millones de pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; b) Doña Magdalena Inés Osses Vásquez, aporta y entera la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta por ciento del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; y c) Doña Amanda Belén Osses Vásquez, aporta y entera la suma de tres millones de pesos, equivalentes al treinta por ciento del capital social, al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. Objeto: El objeto de la sociedad será: Realizar inversiones en instrumentos financieros, bienes raíces, sociedades y empresas. Administrar, comprar, vender y arrendar bienes muebles e inmuebles. Participar en sociedades de cualquier naturaleza, nacionales o extranjeras. Ejercer todas las actividades lícitas relacionadas con inversiones y administración de activos; y en general toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el giro antes señalado y que los socios acuerden. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, manera indiada en escritura extractada. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o del extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 11 de diciembre del año 2025.