LA MIRAGE AGROTURISMO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2025
- Notario
- MAURO AROCA GUERRERO
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Don RICARDO WASHINGTON CASADO SOTO | socio | 6560987-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURO AROCA GUERRERO, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 21/11/2025 ante mí: Don RICARDO WASHINGTON CASADO SOTO, Cédula de Identidad Nº 6.560.987-8, don KIM KOPS, Cédula de Identidad de extranjeros Nº 22.494.517-5, pasaporte danés número 215962700, ambos con domicilio en Salesianos 1190, depto 1702, Comuna de San Miguel, Santiago, Región Metropolitana; don JUAN GUILLERMO HENRIQUEZ ORELLANA, cédula de identidad Nº 11.932.477-7 y don FERNANDO JAVIER BETTANCOURT AVILA, cédula de Identidad Nº 9.490.949-K, ambos con domicilio en José Miguel de la Barra 450, Departamento 22, Comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana; celebraron contrato de CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD, de la sociedad “LA MIRAGE AGROTURISMO LIMITADA”, RUT 76.963.320-0, la cual se inscribió a fojas 20.539, Nº 15.011 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2007 y fue publicada en el Diario Oficial Nº 38.774 de fecha 29 de mayo del año 2007; el que es del siguiente tenor: A) don RICARDO WASHINGTON CASADO SOTO y don KIM KOPS, venden ceden y transfieren a don FERNANDO JAVIER BETTANCOURT AVILA y a don JUAN GUILLERMO HENRIQUEZ ORELLANA, quienes compran aceptan y adquieren para sí el total de su participación en el capital social equivalente al cien por ciento, adquiriendo el primero un noventa y nueve por ciento de la participación social, en tanto el otro adquiere el uno por ciento de la misma. B) Se modifica la clausula de administración, mediante la cual se establece que la sociedad será administrada por el socio don FERNANDO JAVIER BETTANCOURT AVILA, quien representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con las facultades contenidas en el pacto social y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Noviembre de 2025.-