CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMPAÑÍA MINERA BIOTECMIN LIMITADA

RUT 15066786-0 CVE 2741405
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
27 de octubre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de octubre de 2025
Repertorio
52005-25
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
49º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Santiago
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto el reconocimiento, prospección, exploración, desarrollo y explotación de yacimientos o pertenencias mineras que arriende, que se le concedan o que adquiera a cualquier título; además, el estudio, preparación, extracción, producción, concentración, fundición, y comercialización de productos y subproductos que se obtengan en el desarrollo de cualquier operación comercial e industrial relacionada con la actividad minera, metálica o no metálica, sea en su propio nombre o por cuenta o en representación de terceros; la instalación de las plantas de beneficio para el tratamiento, refinación y transformación de minerales, propios o de terceros; para el cumplimiento de su objeto podrá participar en la constitución de otras sociedades civiles o comerciales cualquiera sea su naturaleza, o bien, en otras ya constituidas; además podrá realizar cualquier otra actividad comercial, incluyendo inversiones, compra y venta de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, así también como en valores e instrumentos de todo tipo, actuar en exportaciones y o importaciones de productos, maquinarias e insumos de minería, vehículos de transporte para la minería, ventas y o arriendo de dichos productos en el mercado minero chileno y del extranjero, y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden directa o indirectamente relacionada o no con el objeto principal

Administración

El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá de manera conjunta e indistintamente a los socios MARCO VARAS ROJAS y al socio MANUEL GALARZA VILLALTA, quienes anteponiendo a su firma la razón social obligara y representara a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo ejecutar cualquier acto o contrato que tenga relación con el objeto social y en especial, ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público de la 49º Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui Nº73, Santiago: CERTIFICA: Por Escritura Pública de fecha 27 de octubre de 2025, Repertorio Nº 52.005-25, ante mí, comparecen; don MARCO ANDRES VARAS MOLINA, chileno, soltero, empresario minero, C.I. 15.066.786-0 y don MANUEL ENRIQUE GALARZA VILLALTA, Ecuatoriano, casado, empresario minero, N° PASAPORTE B0032151, ambos domiciliados en calle Huérfanos N° 1400, comuna de Santiago, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada, denominada “COMPAÑÍA MINERA BIOTECMIN LIMITADA”.- DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.- DURACIÓN: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente.- OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto el reconocimiento, prospección, exploración, desarrollo y explotación de yacimientos o pertenencias mineras que arriende, que se le concedan o que adquiera a cualquier título; además, el estudio, preparación, extracción, producción, concentración, fundición, y comercialización de productos y subproductos que se obtengan en el desarrollo de cualquier operación comercial e industrial relacionada con la actividad minera, metálica o no metálica, sea en su propio nombre o por cuenta o en representación de terceros; la instalación de las plantas de beneficio para el tratamiento, refinación y transformación de minerales, propios o de terceros; para el cumplimiento de su objeto podrá participar en la constitución de otras sociedades civiles o comerciales cualquiera sea su naturaleza, o bien, en otras ya constituidas; además podrá realizar cualquier otra actividad comercial, incluyendo inversiones, compra y venta de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, así también como en valores e instrumentos de todo tipo, actuar en exportaciones y o importaciones de productos, maquinarias e insumos de minería, vehículos de transporte para la minería, ventas y o arriendo de dichos productos en el mercado minero chileno y del extranjero, y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden directa o indirectamente relacionada o no con el objeto principal. ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá de manera conjunta e indistintamente a los socios MARCO VARAS ROJAS y al socio MANUEL GALARZA VILLALTA, quienes anteponiendo a su firma la razón social obligara y representara a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo ejecutar cualquier acto o contrato que tenga relación con el objeto social y en especial, ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de Diez millones de pesos ($10.000.000), que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) Don MARCO VARAS ROJAS, aporta en el presente acto la cantidad de cinco millones de pesos, en dinero efectivo, ya ingresados a caja social, en plena conformidad del otro socio, dicho aporte representa el cincuenta por ciento de los derechos sociales de dicha sociedad.- B) Don MANUEL GALARZA VILLALTA, aporta en este acto, en dinero efectivo, y en caja social, a entera conformidad de los otros socios, la suma de cinco millones de pesos, lo que representa el cincuenta por ciento de los derechos sociales de dicha sociedad. Demás estipulaciones en escritura Extractada. Santiago 11 de diciembre del año 2025.