SOLAC CONSTRUCCIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 11389
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Segunda Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MARCO ANTONIO TORRES COCIO, cedula nacional de identidad número dieciséis millones ochocientos seis mil ciento noventa y cuatro guion tres, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, pudiendo efectuar todo los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 478, certifica: que por escritura pública, suscrita ante mí con fecha 25 de noviembre del 2025, bajo el repertorio Nº11.389, doña SAMANTA SOFIA TOLEDO POBLETE, Rut 17.560.978-4 en representación de la sociedad INVERSIONES SOLAC SpA, Rut 78.000.629-3, modificó la sociedad “SOLAC CONSTRUCCIONES SpA”, inscrita a fojas seiscientos ochenta número cuatrocientos cuatro, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, del año dos mil veinticuatro, de un capital de $1.000.000. Se modifica el estatuto en los siguientes términos: Uno) TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MARCO ANTONIO TORRES COCIO, cedula nacional de identidad número dieciséis millones ochocientos seis mil ciento noventa y cuatro guion tres, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, pudiendo efectuar todo los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 05 de diciembre de 2025.