MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad de Comunicaciones Darmar SpA

RUT 77934604-8 CVE 2741146
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2025
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2025
Repertorio
286-2024
Comuna
Providencia

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Abogado, Notario Titular de la Primera Notaria de Providencia, Avda. Providencia No. 1777, certifico: Que por escritura pública otorgada el 19 de noviembre de 2025, ante mí, repertorio No. 9731/2025, don CHRISTIAN ANTONIO IBACETA ESCUDERO, cédula de identidad Nº 12.438.862-7, en su calidad de único accionista de SOCIEDAD DE COMUNICACIONES DARMAR SpA, expone que, mediante escritura pública de fecha 10 de julio de 2024, Repertorio Nº 286-2024, otorgada ante el Notario Público de la Sexta Notaría de Santiago, don Alberto Eduardo Rojas López, con domicilio en calle Bandera No. 465, piso 2, comuna de Santiago, se constituyó la referida sociedad, cuyo extracto fue inscrito a fojas 127 Nº 82 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes del año 2024, y publicado en el Diario Oficial Nº 43.915, dicha escritura contiene información errónea, por cuanto existen inconsistencias en cuanto al capital de la sociedad y al número de acciones suscritas y pagadas; asimismo, el extracto de la escritura indica que NELSON ANTONIO VALENZUELA ARAVENA suscribe y paga la totalidad del capital social, persona que nunca ha sido socio de la Sociedad, lo que constituye una discordancia con la escritura matriz y con la realidad jurídica de la entidad. En conformidad a la Ley Nº 19.499 y el artículo 428 inciso 2º del Código de Comercio, el compareciente procede a sanear los vicios formales de la escritura de constitución y de su extracto, reemplazando la cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO: El compareciente acuerda dividir el capital de la sociedad en veinte acciones, valorizadas en doscientos cincuenta mil pesos cada una, quedando todas ellas en poder de don CHRISTIAN ANTONIO IBACETA ESCUDERO. Por lo tanto, el capital de la sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos, el cual fue íntegra y debidamente suscrito y pagado por el compareciente, como único accionista, al contado y en dinero efectivo, el que ingreso a la casa social con anterioridad a esta fecha”. En lo demás, la escritura social se mantiene sin modificaciones. Santiago, 19 de noviembre de 2025.cvo.