SERVICIOS OFTALMOLOGICOS BUENA VISIÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 11053-2025
- Notario
- MAURO FABIAN AROCA GUERRERO
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $24.789.295 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURO FABIAN AROCA GUERRERO, abogado, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas n°1161, entrepiso Comuna y Ciudad de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 20 de noviembre de 2025 Repertorio N°11.053-2025 ante mí: Ricardo Andrés Cortez Salazar, doña Silvia Marlene Seguic Álvarez, y doña María Angélica Salazar Ortiz, modificaron la sociedad “SERVICIOS OFTALMOLOGICOS BUENA VISIÓN LIMITADA”, inscrita a fojas 68.463 Nº36.894 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017 en los siguientes sentidos: a) Silvia Marlene Seguic Álvarez, vende, cede y transfiere a doña Maria Angélica Salazar Ortiz, quien compra, adquiere y acepta para sí el 25% de los derechos totales en el capital social y propiedad de la presente empresa, en el precio de $24.789.295, según consta en escritura extractada; b) Silvia Marlene Seguic Álvarez, vende, cede y transfiere a don Ricardo Andrés Cortez Salazar, quien compra, adquiere y acepta para sí el 25% de los derechos totales en el capital social y propiedad de la presente empresa, en el precio de $24.789.295, según consta en escritura extractada. c) En consecuencia, de lo expresado en las cláusulas precedentes, quedan como únicos socios en la sociedad “SERVICIOS OFTALMOLOGICOS BUENA VISIÓN LIMITADA”. Uno. Don Ricardo Andrés Cortez Salazar, con un setenta y cinco por ciento de los derechos sociales; y, Dos. Doña Maria Angélica Salazar Ortiz, con un veinticinco por ciento de los derechos sociales; d) Se modifica y reemplaza artículo quinto de los estatutos sociales en el siguiente sentido “QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan la proporción de un setenta y cinco por ciento por don Ricardo Andrés Cortez Salazar, y el restante veinticinco por ciento por doña Maria Angélica Salazar Ortiz, dinero en efectivo que ingresa a la caja social en este acto”. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. En todo lo demás no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de diciembre de 2025.-