CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS CORPORALES Y TERAPEUTICOS KIMARBLA LIMITADA

CVE 2741319
Capital
$6.600.000 CLP
Fecha instrumento
5 de diciembre de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de diciembre de 2025

Sociedad

Capital
$6.600.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Duración
5 años, contados desde fecha escritura extractada termino que se entenderá tácita y automáticamente prorrogados por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo original o del periodo en que éste se encontrare prorrogado

Objeto social

La prestación de servicios profesionales de cosmetología, masoterapia, estética corporal, tratamientos faciales, servicios holísticos, terapia alternativas, comercialización de productos cosméticos y)o terapéuticos; y en general, la realización y)o celebración y)o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y)o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y cualquier actividad o gestión que los socios acuerden sean o no complemento para la consecución del presente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Lilia Sierra Mejía, Notario suplente de don Gonzalo Hurtado Morales, Notario Santiago, Las Condes, Av. Apoquindo Nº 4943, certifico que, por escritura pública de fecha 05/12/2025, ante mí: Julio Cesar Acosta Viana, Los Pozos 6930, Las Condes, Región Metropolitana; Kiria Soledad Wall Cartes, La Guaica 8842, Las Condes, Región Metropolitana y Reinaldo Benjamin Guerra Romero, Pasaje La Habana 354, San Joaquín, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada monto de sus aportes. Siguiente estatuto: Razón social: «SERVICIOS CORPORALES Y TERAPEUTICOS KIMARBLA LIMITADA», pudiendo usar nombre de fantasía «KIMARBLA LIMITADA». Objeto: La prestación de servicios profesionales de cosmetología, masoterapia, estética corporal, tratamientos faciales, servicios holísticos, terapia alternativas, comercialización de productos cosméticos y/o terapéuticos; y en general, la realización y/o celebración y/o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y/o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y cualquier actividad o gestión que los socios acuerden sean o no complemento para la consecución del presente objeto. Administración, representación y uso razón social corresponderá conjuntamente a Julio César Acosta Viana y a Kiria Soledad Wall Cartes, con amplias facultades que se indican en escritura. Excepcionalmente podrá actuar individualmente Kiria Soledad Wall Cartes y solo con las facultades del numeral 13 de la cláusula 4° de la escritura extractada. El capital social es la cantidad de $6.600.000.-, que los socios aportan y pagan siguientes proporciones: a) Julio César Acosta Viana, la cantidad de $2.200.000.- que corresponde a la tercera parte del capital social, que paga de contado acto escritura extractada; b) Kiria Soledad Wall Cartes, la cantidad de $2.200.000.- que corresponde a la tercera parte del capital social, que paga de contado acto escritura extractada; y, c) Reinaldo Benjamín Guerra Romero, la cantidad de $2.200.000.- que corresponde a la tercera parte del capital social, que paga de contado acto escritura extractada. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los socios e ingresado a caja social. Duración: 5 años, contados desde fecha escritura extractada termino que se entenderá tácita y automáticamente prorrogados por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración formulada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo original o del periodo en que éste se encontrare prorrogado. Domicilio: ciudad de Santiago. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.