CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

NEOVACTIS LIMITADA

RUT 77997317-4 CVE 2740856
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de diciembre de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de diciembre de 2025
Notario
Bernardo Espinosa Bancalari
Domicilio
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Varas
Duración
La sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a los menos 6 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración, y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don Felipe Eduardo Almendras Maldonado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, entendiéndose investido de las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes requieran poderes o facultades especiales, sin que sea necesario, para ello, otorgarle poder alguno ni acreditarlo ante terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2025,ante mí, Innovaxs SpA, Rut N°77.997.317-4, con domicilio en Los Alpes 100, of. 3, comuna y ciudad de Puerto Varas y Keybio Solution Alejandro Yáñez Cárcamo E.I.R.L., Rut N°77.996.883-9, con domicilio en Pasaje Dos, N° 1.522, Villa Del Rey, comuna y ciudad de Valdivia, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “Neovactis Limitada”, pudiendo usar, incluso en actividades bancarias, la abreviación “Neovactis Ltda.”. Domicilio: Puerto Varas, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (i) el diseño, desarrollo, la formulación y registro de todo tipo de vacunas, test de diagnósticos, fármacos y productos biológicos que se relacionen con la salud humana y animal; (ii) el registro de cepas de bacterias, virus, hongos, fagos y otros microrganismos que sirvan para la producción de todo tipo de vacunas, test de diagnósticos, fármacos y productos biológicos que se relacionen con la salud humana y animal; (iii) la investigación y desarrollo para soluciones de salud animal y humana, incluido la postulación a fondos públicos, sean estos concursables o no; (iv) el patentamiento de invenciones relacionadas a la salud humana y animal; (v) la compra, venta, comercialización, distribución y explotación por cuenta propia o de terceros, al detalle o al por mayor de todo tipo de vacunas, test de diagnósticos, fármacos y todo tipo de productos biológicos para uso animal; y (vi) toda otra actividad que acuerden los socios y que diga relación con el objeto señalado en los numerales anteriores. Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años contados desde la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con a los menos 6 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo. Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $1.000.000.- que los socios aportan en este acto y en dinero efectivo a la caja social, de la siguiente forma: a) Innovaxs SpA, aporta la cantidad de $800.000, equivalente al 80% del capital social; y b) Keybio Solution Alejandro Yáñez Cárcamo E.I.R.L., aporta la cantidad de $200.000, equivalente al 20% del capital social. Administración: La administración, y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don Felipe Eduardo Almendras Maldonado, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, entendiéndose investido de las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes requieran poderes o facultades especiales, sin que sea necesario, para ello, otorgarle poder alguno ni acreditarlo ante terceros. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 10 de diciembre de 2025.