MSM LOGISTICA Y TRANSPORTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 53400-25
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MSM LOGISTICA Y TRANSPORTE LIMITADA | socio | 76457801-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicado en calle Hermanos Amunategui N°73, comuna de Santiago, certifico que, en escritura pública otorgada ante mí, con fecha 17 de noviembre de 2025, bajo el Repertorio N°53.400-25, comparecieron: Don IVAN ARIEL PEDRATTI, domiciliado en Independencia 137, comuna Los Andes, de paso en ésta, por sí, y en representación de ELSA MAUNA ALVAREZ, domiciliada en Tres Carreras 246, de la Comuna de Los Andes; y MARIA EUGENIA OLIBANO, domiciliada en esta ciudad, Avenida Recoleta 479, depto. 12, comuna Recoleta; modificaron MSM LOGISTICA Y TRANSPORTE LIMITADA, RUT 76.457.801-5, inscrita a fojas 24.797 No. 14.721 Registro de Comercio Santiago, año 2015, sentido que, ELSA MAUNA ALVAREZ, debidamente representada, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere a doña MARIA EUGENIA OLIBANO, quien compra, adquiere y acepta para sí, la totalidad de sus derechos sociales, en $2.000.000, pagados al contado al representante, declarando éste haber recibido conforme y a su entera satisfacción.- Asimismo, IVAN ARIEL PEDRATTI, dueño del 24,5% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere a MARIA EUGENIA OLIBANO, quien compra, acepta y adquiere para sì, el 23,5% del total de los derechos sociales, en $1.000.000, pagado al contado, en este acto, declarando el cedente recibir conforme y a su entera satisfacción, Consecuencia cesiones que trata este instrumento, quedan como únicos y actuales socios de MSM LOGISTICA Y TRANSPORTE LIMITADA, IVAN ARIEL PEDRATTI con el 1% del total de los derechos sociales; y MARIA EUGENIA OLIBANO, con el 99% del total de los derechos sociales, quienes modifican el pacto social, en el sentido que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a AMBOS socios, es decir, a IVAN ARIEL PEDRATTI y a MARIA EUGENIA OLIBANO, indistinta y separadamente, con amplias facultades.- En todo lo no modificado mediante el instrumento que extracto, continua vigente el pacto social primitivo y su modificaciones.- Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO, 05 de diciembre 2025.