Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 3354/2925
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendra por
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don Daniel José Valenzuela Elizalde
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública fecha 11 de diciembre de 2025, repertorio 3354/2925, ante mí, don Daniel José Valenzuela Elizalde, CI N°9.708282-6, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo que sigue: Razón social: C10 GESTIÓN INMOBILIARIA SpA”.- Objeto: La sociedad tendra por objeto: a) Asesoría profesional inmobiliaria; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y deventures, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellas por cuenta propia o ajena. Corretaje de inmuebles, compra, venta, arriendos en cuenta propia o ajena. Formar parte, en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; d) Desarrollo de proyectos, tales como inmobiliarios, de energía, eléctricos, urbanísticos, entre otros; e) En general, todas las actividades relacionadas directa o indirecta con el objeto social. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don Daniel José Valenzuela Elizalde. Capital: El capital social es $1.000.000.-, dividido en 100 acciones ordinarias nominativas de una sola clase, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 11 de diciembre de 2025.