MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ÁGUILA LIMITADA

RUT 76184881-K CVE 2740630
Capital
$14.925.375 CLP
Fecha instrumento
21 de noviembre de 2025

Instrumento

Fecha
21 de noviembre de 2025
Notario
Andrés Cuadra González del Riego
Domicilio
Linares

Sociedad

Capital
$14.925.375 CLP

Administración

Si uno de los socios sobrevivientes es doña María Belén Parada González, se mantendrá en ella la representación de la sociedad, así como la administración y el uso de la razón social de la misma, en forma exclusiva”. Salvo lo modificado, los estatutos continúan plenamente vigentes, en especial lo relativo a que los socios siguen limitando su responsabilidad, al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Cuadra González del Riego, Notario Público de Linares, Chacabuco 551 A de esta ciudad, certifica: por escritura pública, de 21 de noviembre de 2025, ante mí, (I) MARÍA BELÉN PARADA GONZÁLEZ, C.I. N°17.322.240-8, (II) CARMEN GLORIA GONZÁLEZ MIRANDA, C.I. N°8.894.929-3, y (III) ROBERTO PATRICIO PARADA GONZÁLEZ, C.I. N°16.835.824-5, todos domiciliados en Avenida León Bustos número mil ciento cuarenta, comuna de Linares, Región del Maule, acordaron modificar la administración de “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ÁGUILA LIMITADA”, RUT N°76.184.881-K, inscrita a Fojas 346, Número 378, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares del Año 2011, en el siguiente sentido: 1. Acordaron modificar la cláusula Novena de los estatutos, para efectos de establecer que la administración corresponderá a MARÍA BELÉN PARADA GONZÁLEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración, sin perjuicio de las limitaciones establecidas en la escritura extractada. 2. Acordaron modificar la cláusula Décimo Segunda de los estatutos, cuyo texto pasa a ser el siguiente: “DÉCIMO SEGUNDO: En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido. Los herederos del socio fallecido deberán designar un representante o procurador común dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la fecha del fallecimiento, bajo apercibimiento que si así no lo hiciera, el o los socios sobrevivientes procederán a la designación de tal representante o procurador común, el que no tendrá la administración ni representación de la sociedad ni el uso de la razón social. Si uno de los socios sobrevivientes es doña María Belén Parada González, se mantendrá en ella la representación de la sociedad, así como la administración y el uso de la razón social de la misma, en forma exclusiva”. Salvo lo modificado, los estatutos continúan plenamente vigentes, en especial lo relativo a que los socios siguen limitando su responsabilidad, al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital social: $14.925.375.- Linares, 26 de noviembre de 2025.