INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ÁGUILA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2025
- Notario
- Andrés Cuadra González del Riego
- Domicilio
- Linares
Sociedad
- Capital
- $14.925.375 CLP
Administración
Si uno de los socios sobrevivientes es doña María Belén Parada González, se mantendrá en ella la representación de la sociedad, así como la administración y el uso de la razón social de la misma, en forma exclusiva”. Salvo lo modificado, los estatutos continúan plenamente vigentes, en especial lo relativo a que los socios siguen limitando su responsabilidad, al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Cuadra González del Riego, Notario Público de Linares, Chacabuco 551 A de esta ciudad, certifica: por escritura pública, de 21 de noviembre de 2025, ante mí, (I) MARÍA BELÉN PARADA GONZÁLEZ, C.I. N°17.322.240-8, (II) CARMEN GLORIA GONZÁLEZ MIRANDA, C.I. N°8.894.929-3, y (III) ROBERTO PATRICIO PARADA GONZÁLEZ, C.I. N°16.835.824-5, todos domiciliados en Avenida León Bustos número mil ciento cuarenta, comuna de Linares, Región del Maule, acordaron modificar la administración de “INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA ÁGUILA LIMITADA”, RUT N°76.184.881-K, inscrita a Fojas 346, Número 378, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares del Año 2011, en el siguiente sentido: 1. Acordaron modificar la cláusula Novena de los estatutos, para efectos de establecer que la administración corresponderá a MARÍA BELÉN PARADA GONZÁLEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración, sin perjuicio de las limitaciones establecidas en la escritura extractada. 2. Acordaron modificar la cláusula Décimo Segunda de los estatutos, cuyo texto pasa a ser el siguiente: “DÉCIMO SEGUNDO: En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido. Los herederos del socio fallecido deberán designar un representante o procurador común dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la fecha del fallecimiento, bajo apercibimiento que si así no lo hiciera, el o los socios sobrevivientes procederán a la designación de tal representante o procurador común, el que no tendrá la administración ni representación de la sociedad ni el uso de la razón social. Si uno de los socios sobrevivientes es doña María Belén Parada González, se mantendrá en ella la representación de la sociedad, así como la administración y el uso de la razón social de la misma, en forma exclusiva”. Salvo lo modificado, los estatutos continúan plenamente vigentes, en especial lo relativo a que los socios siguen limitando su responsabilidad, al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital social: $14.925.375.- Linares, 26 de noviembre de 2025.