INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 64254/2025
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $9.925.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, certifico: por escritura pública de Repertorio N° 64.254/2025, ante JEAN JACQUES DUTREY OSSA, don RICARDO ROMERO ROMERO, cédula de identidad N° 6.481.014-6; y don NESTOR GONZALO ROMERO DURANDIN, cédula de identidad N° 14.154.176-5, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio N°2001, comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos socios de la sociedad INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA y de la sociedad TRANEX CHILE TRANSPORTES LIMITADA, respectivamente, modificaron la sociedad “INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA”, inscrita a Fojas 4.808, Número 2.536, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1990, según consta en escritura pública de fecha 3 de noviembre de 2025, otorgada ante el Notario Público Titular de este Oficio en el siguiente sentido: I) FUSIÓN POR INCORPORACIÓN: Asimismo, los comparecientes acordaron la fusión por incorporación de la sociedad TRANEX CHILE TRANSPORTES LIMITADA, la que es absorbida en este acto por la sociedad INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA. Como consecuencia del acuerdo de fusión, por el solo ministerio de la ley, y conforme es por lo demás la intención de todos los socios de las sociedades objeto de esta fusión, la totalidad del patrimonio de la sociedad TRANEX CHILE TRANSPORTES LIMITADA, esto es, la universalidad de sus activos y pasivos, se incorporarán en bloque al patrimonio de la sociedad INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA, que en lo sucesivo detentará aquellos y asumirá éstos como propios, y pasará en definitiva a ser la continuadora legal de todas, con su misma personalidad jurídica, razón social y con efecto a partir de la fecha de dicha escritura pública. Asimismo, como consecuencia del mismo acto de fusión, los socios de TRANEX CHILE TRANSPORTES LIMITADA, se incorporan como socios de INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA, y la primera se disuelve sin necesidad de liquidación. II) EFECTOS DE LA FUSIÓN EN EL CAPITAL: Como consecuencia del acuerdo de fusión, corresponde aumentar el capital de la sociedad absorbente, esto es, INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA, que previo a la fusión asciende a la suma de $9.925.000.000.- a la suma de $10.325.000.000.-, el cual queda integrado por las cuentas de activo, pasivo exigible y patrimonio consignadas en el balance de fusión aprobado. III) MODIFICACIÓN ESTATUTOS SOCIALES: Por este acto, los actuales y únicos socios de la sociedad INGENIERÍA Y MOVIMIENTO DE TIERRAS TRANEX LIMITADA, esto es, don RICARDO ROMERO ROMERO y don NESTOR GONZALO ROMERO DURANDIN, producto de la fusión acordada, y a fin de reflejar la integración del capital de las sociedades fusionadas radicado en la absorbente, acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos de la sociedad relativo al capital social, el que se sustituye íntegramente por la siguiente: “Artículo Quinto: Capital Social. El capital social es la cantidad de $10.325.000.000.-, que se aporta, entera y paga por los socios en la forma y condiciones que se indican a continuación: (a) don RICARDO ROMERO ROMERO, ha aportado la cantidad de $10.132.900.000.-, que equivalen a la propiedad de aproximadamente un 98,1395% de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagado y enterado con anterioridad en las arcas sociales; (b) don NESTOR GONZALO ROMERO DURANDIN, ha aportado la cantidad de $192.100.000.-, que equivalen a la propiedad de aproximadamente un 1,8605% de los derechos sociales en que se divide el capital social; íntegramente pagado y enterado con anterioridad en las arcas sociales”. En lo no modificado, los comparecientes acuerdan ratificar el estatuto social de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de noviembre de 2025.