OCHOA Y OCHOA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2014
- Comuna
- Huechuraba
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santiago. Luis Antonio Ochoa Rivas vende a Ana Karen Órdenes Sierra, quien compra en precio pagadero en forma señalada en escritura pública y renunciando a acción resolutoria, el 100% de sus derechos en la sociedad, es decir, el 50% del capital social total. Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez, vende a Exequiel Andrés Ochoa Pizarro, quien compra en precio pagadero en forma señalada en escritura pública y renunciando a acción resolutoria, el 100% de sus derechos en la sociedad, es decir, el 50% del capital social total. Como consecuencia de ventas quedan como únicos socios Ana Karen Órdenes Sierra y Exequiel Andrés Ochoa Pizarro. Únicos socios mencionados convienen modificar cláusula 3ra del pacto social, relativa a la administración y representación de la sociedad y al uso de la razón social, sólo en cuanto a que corresponderán a Ana Karen Órdenes Sierra y a Exequiel Andrés Ochoa Pizarro, quienes, actuando en forma separada o conjunta, indistintamente, y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán tanto dentro como fuera del giro ordinario de la sociedad con las facultades consignadas en la cláusula mencionada; Modificar cláusula 4ta. del pacto social, relativa al capital, reemplazándola:
- Duración
- 5 años contados desde el 21 de noviembre de 2025, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesi¬vos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su vo¬luntad de no perseve¬rar al final del período que estuviese en curso en forma y con anticipación pactadas
Objeto social
la elaboración, compra, venta, importación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos alimenticios, agrícolas, abarrotes, bebidas y, en general, de todo tipo de artículos y bienes; la explotación de almacenes, minimarkets, licorerías, botillerías, panaderías, librerías, y cualquier otros establecimiento comercial; la prestación de servicios de restaurante, comidas al paso y delivery; la realización de todos los actos relacionados directa e indirectamente con el giro de la sociedad y toda otra actividad comercial, industrial o de negocios que los socios acuerden. Administración, Representación Y
Administración
corresponden a Luis Antonio Ochoa Rivas, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representa tanto dentro como fuera del giro ordinario con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes estipuladas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, Luis Antonio Ochoa Rivas, con domicilio en pasaje Burgos 160, comuna de Quilicura, Región Metropolitana; Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez, con domicilio en pasaje Burgos 160, comuna de Quilicura, Región Metropolitana; Ana Karen Órdenes Sierra, con domicilio en calle La Parva 548, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, y Exequiel Andrés Ochoa Pizarro, con domicilio en pasaje Burgos 160, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, liquidaron comunidad sobre haber o capital social, modificaron, repactaron y modificaron nuevamente OCHOA Y OCHOA LIMITADA -constituida por escritura pública otorgada el 21 de marzo de 2014 ante Notario de Santiago Félix Jara Cadot, publicada en extracto en el Diario Oficial de 11 de abril de 2014, e inscrita a fojas 28.662 número 16.150 del Registro de Comercio de Santiago año 2014-en siguientes sentidos: Luis Antonio Ochoa Rivas y Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez liquidaron comunidad que se generó entre ambos respecto del 100% de los derechos en el haber como consecuencia de disolución de sociedad conyugal y adjudicaron a Luis Antonio Ochoa Rivas, que acepta, el 50% de los derechos en el haber o capital de la sociedad, y a Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez, que acepta, el 50% de los derechos en el haber o capital de la sociedad, sin que se produjeran alcances a favor o en contra de alguno de ellos. Luis Antonio Ochoa Rivas y Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez, en calidad de únicos socios, modifican cláusula 4° del pacto social, relativa al capital, reemplazándola: Capital: $30.000.000, que los socios, Luis Antonio Ochoa Rivas y Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez, aportaron por iguales partes, habiendo enterado cada uno la suma de $15.000.000 en dinero efectivo, de contado, ingresada al haber social. Luis Antonio Ochoa Rivas y Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez, en su calidad de únicos socios en la sociedad, repactan el contrato de sociedad de responsabilidad limitada en términos que, a partir de la fecha del instrumento, regirá el nuevo texto: Razón social: OCHOA Y OCHOA LIMITADA. Objeto: la elaboración, compra, venta, importación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos alimenticios, agrícolas, abarrotes, bebidas y, en general, de todo tipo de artículos y bienes; la explotación de almacenes, minimarkets, licorerías, botillerías, panaderías, librerías, y cualquier otros establecimiento comercial; la prestación de servicios de restaurante, comidas al paso y delivery; la realización de todos los actos relacionados directa e indirectamente con el giro de la sociedad y toda otra actividad comercial, industrial o de negocios que los socios acuerden. Administración, Representación Y Uso De La Razón Social: corresponden a Luis Antonio Ochoa Rivas, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representa tanto dentro como fuera del giro ordinario con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes estipuladas. Capital: $30.000.000. El aporte de Luis Antonio Ochoa Rivas asciende a $15.000.000, que enteró en dinero efectivo y de contado, ya ingresado al haber social. El aporte de Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez asciende a $15.000.000, que enteró en dinero efectivo y de contado, ya ingresado al haber social. Duración: 5 años contados desde el 21 de noviembre de 2025, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesi¬vos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su vo¬luntad de no perseve¬rar al final del período que estuviese en curso en forma y con anticipación pactadas. Domicilio: la ciudad de Santiago. Luis Antonio Ochoa Rivas vende a Ana Karen Órdenes Sierra, quien compra en precio pagadero en forma señalada en escritura pública y renunciando a acción resolutoria, el 100% de sus derechos en la sociedad, es decir, el 50% del capital social total. Verónica Jacqueline Pizarro Santibáñez, vende a Exequiel Andrés Ochoa Pizarro, quien compra en precio pagadero en forma señalada en escritura pública y renunciando a acción resolutoria, el 100% de sus derechos en la sociedad, es decir, el 50% del capital social total. Como consecuencia de ventas quedan como únicos socios Ana Karen Órdenes Sierra y Exequiel Andrés Ochoa Pizarro. Únicos socios mencionados convienen modificar cláusula 3ra del pacto social, relativa a la administración y representación de la sociedad y al uso de la razón social, sólo en cuanto a que corresponderán a Ana Karen Órdenes Sierra y a Exequiel Andrés Ochoa Pizarro, quienes, actuando en forma separada o conjunta, indistintamente, y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán tanto dentro como fuera del giro ordinario de la sociedad con las facultades consignadas en la cláusula mencionada; Modificar cláusula 4ta. del pacto social, relativa al capital, reemplazándola: Capital: $30.000.000, que los socios, Ana Karen Órdenes Sierra y Exequiel Andrés Ochoa Pizarro, aportaron por iguales partes, habiendo enterado cada uno la suma de $15.000.000 en dinero efectivo, de contado, ingresada al haber social. Demás modificaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2025.