CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JADUE Y MENDEZ ABOGADOS LIMITADA

CVE 2740017
Capital
$500.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Repertorio
105094-2025
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
La duración será de cinco años, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad en contrario, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto específico: a) La prestación de todo tipo de asesorías y consultorías legales, jurídicas, laborales, tributarias, inmobiliarias, penales, civiles, comerciales, de familia, constitucionales, administrativas, procesales, regulatorias, estatutarias y en general de cualquiera materia legal, así como la elaboración de estudios e informes en derecho relativos a las mismas materias; b) La preparación, elaboración, y dictación de todo tipo de clases, cursos y seminarios en las áreas señaladas; c) La representación judicial y extra judicial; d) El ejercicio arbitral en cualquier materia jurídica que se somete a su conocimiento; y e) ejecutar todas las inversiones, operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara 107, Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 24 de noviembre del 2025, Repertorio N°105.094-2025, ante mí: /a/ doña ROSA FABIOLA JADUE CASSIS, con domicilio para estos efectos en calle Asturias 217 departamento 31, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y /b/ doña MARÍA ALEJANDRA MÉNDEZ REYES, con domicilio para estos efectos en calle Pocuro número 2462 departamento 102, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “JADUE Y MENDEZ ABOGADOS LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto específico: a) La prestación de todo tipo de asesorías y consultorías legales, jurídicas, laborales, tributarias, inmobiliarias, penales, civiles, comerciales, de familia, constitucionales, administrativas, procesales, regulatorias, estatutarias y en general de cualquiera materia legal, así como la elaboración de estudios e informes en derecho relativos a las mismas materias; b) La preparación, elaboración, y dictación de todo tipo de clases, cursos y seminarios en las áreas señaladas; c) La representación judicial y extra judicial; d) El ejercicio arbitral en cualquier materia jurídica que se somete a su conocimiento; y e) ejecutar todas las inversiones, operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. Administración, y uso de la razón social corresponderá: corresponderá a doña Rosa Fabiola Jadue Cassis y a doña María Alejandra Méndez Reyes, quienes deberán actuar en forma conjunta, anteponiendo su firma a la razón social, con facultades indicadas en pacto social. Capital: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que se han aportado y pagado de la siguiente forma: a) doña Rosa Fabiola Jadue Cassis aporta la suma de $500.000, los que ya ha pagado y enterado a la caja social; y b) doña María Alejandra Méndez Reyes aporta la suma de $500.000, los que ya ha pagado y enterado a la caja social. Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad hasta monto de respectivos aportes. Duración: La duración será de cinco años, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad en contrario, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de Diciembre del 2025. F. LEIVA C. N.P.