MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Coexca S.A.

RUT 96999710-K CVE 2739824
Capital
$32.765.316.249 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2025
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2025
Repertorio
6964-2025
Notario
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
Oficio
Quinta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$32.765.316.249 CLP

Objeto social

La segunda es una sociedad que nace con motivo de la división y que se transforma simultáneamente en una sociedad por acciones, con el nombre de “Faenadora Maule SpA”, cuyo estatuto se extracta por separado. Con motivo de la división, se disminuyó el capital de Coexca S.A., de $32.765.316.249, a $30.072.861.526, dividido en 11.118 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las que se encuentra íntegramente suscritas y pagadas. Al efecto se sustituyeron los artículos quinto y segundo transitorio de su estatuto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Que, con fecha 30 de octubre de 2025, Repertorio N° 6.964-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad anónima cerrada “Coexca S.A.”, R.U.T. N°96.999.710-K, inscrita a fojas 24.319 número 19.744 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002, en la que se acordó por unanimidad aprobar la división de Coexca S.A. en dos sociedades. La primera es su continuadora legal, con su misma personalidad jurídica, razón social y objeto. La segunda es una sociedad que nace con motivo de la división y que se transforma simultáneamente en una sociedad por acciones, con el nombre de “Faenadora Maule SpA”, cuyo estatuto se extracta por separado. Con motivo de la división, se disminuyó el capital de Coexca S.A., de $32.765.316.249, a $30.072.861.526, dividido en 11.118 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las que se encuentra íntegramente suscritas y pagadas. Al efecto se sustituyeron los artículos quinto y segundo transitorio de su estatuto. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 30 de octubre de 2025.-