AURANET SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2025
- Repertorio
- 7232-2025
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $249.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, divorciado, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1450, Local 1, certifico: Que por escritura pública, de fecha 02 de diciembre de 2025, Repertorio N° 7232-2025, ante mí, JAVIER ANDRÉS JAUREGUI RIVAS, Cédula de Identidad Número 7.686.850-5, en representación de RENTAS E INVERSIONES EKINTEK LIMITADA, Rol Único Tributario Número 78.147.314-6, acordó modificar la sociedad por acciones AURANET SpA, inscrita a fojas 48.012, Número 34.144 del Registro de Comercio de Santiago del año 2007, en el siguiente sentido: I.- DISMINUCIÓN DE CAPITAL. El actual accionista de la Sociedad viene en disminuir el capital social desde la suma de $249.000.000 de pesos, dividido en 1.285 acciones a la suma de $50.000.000, dividido en 1.285 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor, y sin valor nominal. En consecuencia, se procede a disminuir el capital el cual queda en la cantidad de $50.000.000 pero manteniendo el número de acciones. La disminución de capital acordada, correspondiente a la cantidad de $199.000.000, se llevará a cabo mediante la restitución de dicha suma al único accionista de la sociedad reajustado conforme a las normas contables y tributarias vigentes, debiéndose rebajar dicho reajuste de la cuenta de revalorización de capital propio de la sociedad. II.-MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Como consecuencia de lo acordado, se modificó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, el cual queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $50.000.000, y se divide en 1285 acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de diciembre de 2025.