YP INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de octubre de 2025
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| YP INVERSIONES LIMITADA | socio | 76433430-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, abogado, Notario Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico que mediante escritura pública otorgada ante mí, con fecha 27 de octubre de 2025, repertorio número 57610-2025Certifica: don ANDRES YOST MARIN, doña ANITA MARIA CASTILLO KLENNER y doña MARIA YOST CASTILLO, todos con domicilio en Antofagasta, Avenida Croacia número ciento cincuenta y cinco segundo piso; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada YP INVERSIONES LIMITADA, RUT 76.433.430-2, extracto inscrito fojas dos mil doscientos ochenta numero mil seiscientos sesenta y cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio correspondiente al año dos mil once, en el Registro de Comercio de Antofagasta, en el siguiente sentido: ANDRES YOST MARIN, vende, cede y transfiere a doña MARIA YOST CASTILLO quien compra y adquiere para sí, el diez por ciento del haber social (equivalente al veinticinco por ciento de su participación) en YP Inversiones Limitada, en la suma de cinco millones de pesos.- la cesionaria pagará al cedente en veinte cuotas mensuales iguales y sucesivas de doscientos cincuenta mil pesos, comenzando la primera el día cinco de diciembre de dos mil veinticinco y las siguientes de forma sucesiva y mensual los días cinco de cada mes. En caso de que el día de pago sea domingo o festivo, el pago se trasladará al día hábil siguiente. El no pago oportuno de cualquiera de las cuotas hará que el saldo se entienda de plazo vencido, pudiendo el decente exigir el total de la deuda. En consecuencia, quedan como socios de la Compañía, doña Anita María Castillo Klenner con el cuarenta por ciento del haber social, don Andrés Yost Marín con el cincuenta por ciento del capital social, y doña María Yost Castillo con el diez por ciento del capital social. Resto del estatuto no modificado en este acto permanece vigente. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 3 de diciembre de 2025. María Soledad Lascar Merino. Notario Público Titular. Doy Fe.-