INVERSIONES CAPE CORAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 4390-2025
- Notario
- ALVARO VALDEBENITO SALGADO
- Oficio
- Primera Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial; el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos; como también la planificación, el desarrollo o ejecución, comercialización y administración, para sí o para terceros, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones, construcciones y urbanizaciones de bienes raíces, urbanos y rurales; además; Efectuar inversiones en bienes inmuebles y en bienes muebles corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en sociedad de personas o de cualquier otra naturaleza y, en general, en cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, todo por cuenta propia o ajena; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la prestación de servicios de administración y finanzas para terceros, por cuenta propia o ajena; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden, pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Hochstetter N° 560, certifico: por Escritura Pública de Repertorio N° 4390 - 2025 otorgada con fecha 21 de Noviembre de 2025, ante mí, don OSVALDO GIOVANNI CUADRA GARRIDO, chileno, Ingeniero en maderas, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 12.091.049-3 domiciliado en calle El Arroyo número 256, de la ciudad y comuna de Temuco, provincia de Cautín de la región de La Araucanía; y doña ANDREA CAROLINA MARDONES VERGARA, chilena, Asistente Social, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 13.629.349-4, domiciliada en El Arroyo número 256, de la ciudad y comuna de Temuco, provincia de Cautín de la región de La Araucanía; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, bajo razón social: “INVERSIONES CAPE CORAL LIMITADA", entendiéndose que la sociedad quedará igualmente obligada y podrá ejercer derechos y adquirir obligaciones, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos e Instituciones financieras con el nombre de fantasía “CAPE CORAL LTDA”, o si se individualiza como “Sociedad de Inversiones Cape Coral Limitada”, o si se abrevia la palabra "limitada" por "Ltda." OBJETO: El objeto de la sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial; el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos; como también la planificación, el desarrollo o ejecución, comercialización y administración, para sí o para terceros, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones, construcciones y urbanizaciones de bienes raíces, urbanos y rurales; además; Efectuar inversiones en bienes inmuebles y en bienes muebles corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedad de personas o de cualquier otra naturaleza y, en general, en cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, todo por cuenta propia o ajena; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la prestación de servicios de administración y finanzas para terceros, por cuenta propia o ajena; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden, pudiendo formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio don Osvaldo Giovanni Cuadra Garrido; y como su suplente, en caso de ausencia o incapacidad de éste a la socia doña Andrea Carolina Mardones Vergara, facultades en escritura extractada.- CAPITAL: $10.000.000.- pesos chilenos, aportados siguiente manera: a) don Osvaldo Giovanni Cuadra Garrido aporta en dominio la suma total de siete millones de pesos, en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social; y b) doña Andrea Carolina Mardones Vergara aporta en dominio la suma total de tres millones de pesos, en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus aportes.- DURACIÓN: indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Temuco, 05 de Diciembre de 2025.- Doy fe.-