Comercial RGU SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 19521-2025
- Notario
- KARLA OYARZO VELÁSQUEZ
- Oficio
- 5° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto, en la República de Chile o en el extranjero, por cuenta propia o por cuenta de terceros o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas incluso la calidad de socia gestora: /a) la comercialización, compra, venta, importación, exportación, al por mayor y menor, permuta, consignación, leasing, fabricación, y distribución de todo tipo de bienes o servicios, en especial y sin ser excluyentes, de artículos y accesorios relacionados a la moda y el diseño en general, incluyendo, sin limitación, prendas de vestir, accesorios, calzado, artículos de decoración, productos textiles, cueros y cualesquiera otros bienes relacionados con las industrias del diseño, moda y estilo de vida; /b) la prestación de servicios y asesorías profesionales de cualquier especie y, en general, la prestación de servicios de asesoría profesional a empresas y personas en materias contables, financieras, económicas, comerciales, tecnológicas, de manejo y organización de información, y la prestación de servicios de asesoría en áreas de actividad relacionadas con el desarrollo de negocios y empresas; c) cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, ya sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales; d) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, cuotas de fondos de inversión, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; y /e) cualquier tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y la proyección, desarrollo y realización de todos los negocios que los accionistas acordaren, sin limitación alguna, y la celebración de todos los actos y contratos que estimaren convenientes, sean estos civiles o comerciales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARLA OYARZO VELÁSQUEZ, Notario Público Interino de la 5° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf N° 99, oficina 101-B, comuna de Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2025, otorgada bajo repertorio N°19521-2025, ante mí: TOMÁS FELIPE REYES PÉREZ e ISABEL GONZALEZ DE URQUIZA, en su calidad de únicos accionistas, aprobaron diversas modificaciones y fijaron estatutos refundidos de la sociedad COMERCIAL RGU SpA, quedando los estatutos del siguiente tenor: Nombre: El nombre de la sociedad es “Comercial RGU SpA” /en adelante, la “Sociedad”/pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante bancos y entidades financieras con el nombre de fantasía de “RGU SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, en la República de Chile o en el extranjero, por cuenta propia o por cuenta de terceros o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas incluso la calidad de socia gestora: /a/ la comercialización, compra, venta, importación, exportación, al por mayor y menor, permuta, consignación, leasing, fabricación, y distribución de todo tipo de bienes o servicios, en especial y sin ser excluyentes, de artículos y accesorios relacionados a la moda y el diseño en general, incluyendo, sin limitación, prendas de vestir, accesorios, calzado, artículos de decoración, productos textiles, cueros y cualesquiera otros bienes relacionados con las industrias del diseño, moda y estilo de vida; /b/ la prestación de servicios y asesorías profesionales de cualquier especie y, en general, la prestación de servicios de asesoría profesional a empresas y personas en materias contables, financieras, económicas, comerciales, tecnológicas, de manejo y organización de información, y la prestación de servicios de asesoría en áreas de actividad relacionadas con el desarrollo de negocios y empresas; c) cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, ya sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales; d) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, cuotas de fondos de inversión, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; y /e/ cualquier tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y la proyección, desarrollo y realización de todos los negocios que los accionistas acordaren, sin limitación alguna, y la celebración de todos los actos y contratos que estimaren convenientes, sean estos civiles o comerciales. Capital: El capital social es la suma de novecientos mil pesos, dividido en diez acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una, las que se suscribieron y pagaron en su totalidad con anterioridad a este acto, de la siguiente manera: /a/ Tomás Felipe Reyes Pérez suscribió y pagó cinco acciones por un valor de cuatrocientos cincuenta mil pesos; y, /b/ Isabel Gonzalez de Urquiza suscribió y pagó cinco acciones por un valor de cuatrocientos cincuenta mil pesos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de diciembre de 2025. Karla Oyarzo V. Notario Público Interino.